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Ayuntamiento de Massalavés·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Massalavés estrena tasa de 200 euros por el uso del tanatorio

El Ayuntamiento fija el precio público por la utilización de las instalaciones municipales, que ya cuenta con ordenanza definitiva tras el periodo de exposición pública.

Si necesitas hacer uso de las instalaciones del tanatorio municipal de Massalavés, el Ayuntamiento ha despejado el marco legal para su utilización con la aprobación definitiva de la nueva ordenanza fiscal. La norma, que ya ha superado el periodo de exposición al público sin presentar reclamaciones, establece una tarifa única de 200 euros por el uso del recinto.

Datos clave

Tasa única
200 €
Pago
Autoliquidación con carácter previo al uso
Preferencia
Personas empadronadas en Massalavés
Recurso
Plazo de 2 meses desde el 27 de junio de 2026

Esta tasa se gestiona mediante autoliquidación, lo que implica que el pago deberá acreditarse antes de hacer uso de las salas. El Ayuntamiento, tal como especifica el texto, pone a disposición las dependencias, pero aclara que no presta servicios funerarios ni se hace cargo de la manipulación o preparación de los fallecidos, tareas que quedan reservadas a las empresas del sector o profesionales autorizados.

El acceso a las instalaciones sigue un orden de preferencia cuando la demanda supera la capacidad disponible. En estos casos, los vecinos empadronados en Massalavés tendrán prioridad. Si coinciden varias solicitudes de personas empadronadas, el criterio de adjudicación será el orden de entrada en el registro municipal.

En el supuesto de que el fallecido no estuviera empadronado en el municipio, se permitirá el uso del tanatorio siempre que exista disponibilidad y atendiendo igualmente al orden de solicitud. La ordenanza también prevé la devolución del importe abonado si, por causas no imputables a la familia, finalmente no fuera posible hacer uso de las salas.

El mantenimiento ordinario, incluyendo suministros básicos como agua y electricidad, corre por cuenta del Ayuntamiento. No obstante, la responsabilidad sobre el estado de las instalaciones durante el velatorio recae sobre los solicitantes, quienes deberán dejar el recinto en condiciones adecuadas de limpieza y orden.

El uso del tanatorio se ajustará al horario que determine el Ayuntamiento, aunque existe una cláusula excepcional que permite autorizaciones fuera del horario habitual cuando las circunstancias lo aconsejen. La normativa ha entrado en vigor este mismo 26 de junio de 2026, tras su publicación oficial, y contra este acuerdo los interesados disponen de un plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia.

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