Ayudas de Massanassa para actividades infantiles: plazos y requisitos
Ver las 124 ayudas abiertas en la Provincia de Valencia →El Ayuntamiento de Massanassa abre la convocatoria para sufragar actividades de ocio, deporte y alimentación de menores. Conoce los umbrales de renta y las fechas límite para solicitar las ayudas.
Si tienes menores de edad a tu cargo en Massanassa, el ayuntamiento acaba de activar una línea de ayudas destinada a cubrir gastos de ocio, deporte, formación y alimentación durante los periodos no lectivos. El objetivo es facilitar la inclusión social de niños, niñas y adolescentes en familias con mayores dificultades económicas o en situaciones de vulnerabilidad.
Datos clave
Cierra en 45 días- Plazo
- Hasta el 15 de noviembre de 2026
- Cuantía
- Hasta 70 € al mes o 500 € al año
- Beneficiario
- Menores de 0 a 17 años en Massanassa
- Cómo solicitar
- Sede electrónica o Servicios Sociales
La ayuda cubre el 100 por cien del coste de la actividad. Si se trata de actividades periódicas, el límite máximo es de 70 euros mensuales por menor, mientras que para las actividades puntuales se establece un tope de 500 euros anuales por menor.
Para ser beneficiario debes residir en el municipio y cumplir condiciones específicas. Entre ellas, estar en acogimiento, ser hijo de mujer víctima de violencia de género, o pertenecer a una familia receptora de la Renta Valenciana de Inclusión o el Ingreso Mínimo Vital. También pueden optar a ellas las familias en situación de vulnerabilidad social acreditada por informe técnico de Servicios Sociales.
Los umbrales de renta familiar son estrictos. Por ejemplo, una familia de cuatro miembros debe contar con unos ingresos anuales no superiores a 40.773 euros. Además, cada solicitud debe alcanzar al menos 5 puntos en un baremo que tiene en cuenta la discapacidad, la dependencia, la condición de familia numerosa o monoparental, y la antigüedad en la demanda de empleo de los progenitores.
El presupuesto total asciende a 35.000 euros. Para las actividades periódicas, el plazo para presentar tu solicitud termina el próximo 15 de noviembre de 2026. Si son actividades puntuales, el plazo se extiende hasta el 31 de agosto de 2027, siempre que se soliciten con un margen de al menos tres meses antes de la fecha de realización.
Todo trámite se realiza en la sede electrónica del ayuntamiento o en el registro del centro de Servicios Sociales. Es obligatorio justificar el gasto mediante facturas, salvo en el caso de las ayudas de alimentación básica recibidas en especie. El pago se realiza por adelantado al solicitante en la mayoría de los casos.
Las ausencias pesan. No justificar a tiempo supone perder el derecho al cobro o tener que reintegrar el dinero ya percibido.
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