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Ayuntamiento de Nàquera·Boletín Bien de Valencia, 9 de junio de 2026

Náquera aclara quién puede revocar sus recibos y actos tributarios

El Pleno municipal asume la competencia para anular actos dictados por el alcalde, cerrando un debate sobre el órgano idóneo para estas revisiones.

El Ayuntamiento de Náquera ha puesto orden en su burocracia interna para determinar qué órgano debe encargarse de revocar los actos tributarios, una decisión que, aunque parezca técnica, es fundamental para garantizar que los procedimientos de gestión, liquidación e inspección de impuestos sigan las reglas marcadas por la Ley General Tributaria. Tras un debate interno que pasó por la Comisión Informativa de Hacienda el pasado 21 de mayo, el Pleno ha zanjado la cuestión.

Datos clave

Qué cambia
El Pleno asume la competencia exclusiva para revocar actos tributarios del alcalde.
Revisión actos
La Alcaldía revisará los actos dictados por la Tesorería Municipal.
En vigor
Acuerdo plenario adoptado el 26 de mayo.

La norma exige que, para revocar un acto, el órgano responsable sea distinto al que dictó la resolución original. En el caso de los actos firmados por el alcalde, la competencia recae ahora de forma directa y exclusiva en el Pleno de la corporación. Esta medida busca evitar posibles conflictos de jerarquía que, hasta la fecha, no estaban expresamente definidos en la ordenanza fiscal local.

El expediente refleja un tira y afloja administrativo sobre la agilidad del proceso. Inicialmente, se planteó delegar esta facultad en la Junta de Gobierno Local para evitar las demoras propias de los plenos mensuales, pero la Comisión Informativa de Hacienda optó por retirar la propuesta inicial, considerando más garantista que fuera el propio Pleno quien asumiera esta responsabilidad de control.

Si el acto a revisar hubiera sido dictado por la Tesorería Municipal, la jerarquía funcionaría de otra manera, quedando la Alcaldía como el órgano competente para proceder. La distinción es clara: el revisor nunca puede ser el mismo que el ejecutor, un principio que el consistorio ha querido blindar con este acuerdo plenario del 26 de mayo.

Con esta resolución, el Ayuntamiento de Náquera cumple con la normativa estatal, asegurando que cada proceso de revisión cuente con el respaldo jurídico adecuado. Los interesados en futuros procedimientos de revocación ya conocen el marco en el que se moverán estos expedientes, que desde ahora quedan blindados contra posibles vacíos de competencia.

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