Ayuntamiento de Paiporta·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Segunda oportunidad: ayudas a comercios de Paiporta tras la DANA

Plazo de solicitudCerrado el 4 de agosto de 2026
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Si tu negocio en Paiporta sufrió daños en octubre de 2024 y no pudiste solicitar las primeras ayudas, el Ayuntamiento abre ahora un nuevo plazo de un mes.

El Ayuntamiento de Paiporta lanza una nueva convocatoria de ayudas directas para la reactivación comercial, dirigida específicamente a quienes se quedaron fuera del primer reparto tras la DANA del 29 de octubre de 2024. La medida busca apoyar a los establecimientos que, por causas justificadas como la pérdida de documentación o la saturación de sus asesorías, no pudieron formalizar su petición en la anterior ronda.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 4 de agosto de 2026
Importe total
22.000 €
A quién
Comercios damnificados por la DANA
Requisito clave
Apertura en máximo 6 meses

El fondo total destinado a esta segunda convocatoria asciende a 22.000 euros. Esta partida, recogida en el presupuesto municipal de 2026, está diseñada para cubrir dos perfiles: negocios damnificados que buscan rehabilitar sus instalaciones y aquellos que se vieron forzados a cerrar y ahora inician su reapertura en el municipio.

Para ser beneficiario, es obligatorio acreditar la condición de activo a fecha del 29 de octubre de 2024. En el caso de la Línea 1, se incluyen los comercios, servicios y talleres ubicados a pie de calle que hayan sufrido daños materiales, incluyendo aquellos que, sin alta en el IAE, contaran con la licencia de obras para el inicio de actividad. La Línea 2 se enfoca en quienes se vieron obligados a bajar la persiana y ahora retoman su actividad, ya sea en el mismo local o en otro nuevo dentro de Paiporta.

La reapertura es una condición innegociable. Los solicitantes deberán garantizar que el negocio estará operativo en un plazo máximo de seis meses tras la notificación de la ayuda. El cumplimiento de este compromiso será verificado de oficio por la administración mediante el certificado de situación censal de la Agencia Tributaria.

Quedan excluidos de estas ayudas todos aquellos comercios que ya fueron beneficiarios en la primera convocatoria o cuyas solicitudes fueron desestimadas mediante resolución firme en su día. El proceso de acreditación de daños se gestiona mediante declaración responsable, aunque los servicios municipales se reservan el derecho de realizar inspecciones técnicas para comprobar el estado real de los establecimientos.

Un mes de plazo. Nada más.

La normativa permite, excepcionalmente, recibir estas ayudas incluso si el negocio no se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, gracias a las medidas adoptadas por el Consell tras la catástrofe. El extracto de la convocatoria, que ya es público, detalla el resto de requisitos que deben cumplir los interesados antes de que expire el plazo de presentación.

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