Ayuntamiento de Palmera·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Cheque Bebé en Palmera: 400 euros por nacimiento o adopción

Plazo de solicitudAbierto hasta el 5 de enero de 2027Quedan 126 días
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El Ayuntamiento abre el plazo para solicitar esta ayuda dirigida a las familias que hayan tenido hijos durante este 2026. Los detalles para optar a ella.

Si has tenido un hijo o has adoptado a un menor de dos años en Palmera este año, el ayuntamiento tiene abierta una convocatoria para aliviar los gastos iniciales que todo nuevo miembro de la familia conlleva.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 5 de enero de 2027
Importe
400 € por hijo
Presupuesto
1.600 €
Requisito
Empadronamiento mínimo de un año

La ayuda consiste en un pago único de 400 euros por cada menor. El programa, bautizado como Cheque Bebé, funciona en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que el dinero se asigna a medida que llegan las solicitudes correctas hasta agotar el presupuesto disponible.

El fondo inicial cuenta con 1.600 euros. Esta cifra puede ampliarse si el número de solicitudes que cumplen los requisitos supera la previsión municipal inicial.

Para ser beneficiario debes cumplir varios requisitos fundamentales.

El nacimiento o la adopción debe haber ocurrido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.

Debes estar empadronado en el municipio. Es obligatorio mantener este empadronamiento durante al menos un año desde que se concede la ayuda, bajo riesgo de tener que devolverla.

El menor también debe estar empadronado en tu mismo domicilio en el momento de presentar la solicitud.

Solo se permite una ayuda por cada niño o niña.

Para solicitar el ingreso, tienes de plazo hasta el 5 de enero de 2027.

Puedes tramitarlo de forma telemática en la sede electrónica municipal o de manera presencial en las oficinas del ayuntamiento. Deberás adjuntar el DNI, el libro de familia o el certificado de nacimiento, junto a tus datos bancarios y una declaración responsable sobre el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.

La administración municipal comprobará de oficio que los datos coinciden con el padrón. No necesitarás presentar una cuenta justificativa posterior, aunque sí debes acreditar la situación que motiva la ayuda en el momento de solicitarla.

La ayuda es compatible con otros ingresos o subvenciones similares. El expediente ya está en marcha.

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