Paterna endurece las condiciones para nuevos pisos y locales turísticos
El Ayuntamiento de Paterna blinda el uso residencial con nuevas exigencias para convertir locales en viviendas. Las licencias en curso mantienen su vigencia, pero el cambio de uso queda vetado en zonas inundables.
Paterna ha cerrado el grifo a la improvisación urbanística en sus bajos comerciales y viviendas. La aprobación definitiva de la modificación puntual número 91 del Plan General de Ordenación Urbana, ya inscrita en el registro, establece nuevas reglas estrictas para quien quiera transformar un local en vivienda o abrir un negocio de hostelería.
Datos clave
- Zonas inundables
- Prohibido el cambio de uso en zonas de riesgo según PATRICOVA
- Vivienda turística
- Permitidas solo en plantas bajas o zonas de baja densidad
- Requisitos vivienda
- 1 plaza de aparcamiento por unidad y acceso por elementos comunes
- Ubicación turística
- A menos de 500 metros de una parada de transporte público
- Licencias previas
- Vigentes las concedidas o en trámite antes de la aprobación
La normativa es clara respecto a las inundaciones: si el local se encuentra en una zona con riesgo según el mapa del PATRICOVA, el cambio de uso está prohibido. En el resto de casos, el camino técnico es exigente.
Para reconvertir un local en vivienda, el promotor deberá garantizar una plaza de aparcamiento por unidad, salvo excepciones contadas a menos de 150 metros. Además, el acceso debe ser preferiblemente por elementos comunes y cumplir con el Código Técnico de la Edificación en cuanto a diseño, calidad y salidas de humos a cubierta.
Si el objetivo es convertir una vivienda en turística, el Ayuntamiento pone el listón alto. Solo se permitirán en plantas bajas de edificios plurifamiliares o en zonas de baja densidad con edificación aislada. Además, deben estar a menos de 500 metros de una parada de transporte público y contar con una autorización expresa de la comunidad de propietarios si el edificio es mayoritariamente residencial.
Los hostales y hoteles también sufren el nuevo marco regulador. En zonas mixtas, el uso residencial debe ser el mayoritario y el establecimiento debe contar con accesos totalmente diferenciados del resto de vecinos.
Para las zonas de La Canyada, La Creu de Gràcia, La Cova de la Mel, Pla del Pou y los sectores 6 y 7, el Ayuntamiento mantiene la normativa complementaria de 2002. En estos puntos, las actividades terciarias cuentan con límites específicos de superficie y aforo para evitar molestias innecesarias.
Las licencias que ya estuvieran concedidas o en trámite a fecha de la aprobación no se verán afectadas. El consistorio permite modificaciones posteriores en estas licencias, siempre que no impliquen un aumento de la superficie construida o de la ocupada por la actividad original.
Si tienes un proyecto en mente, recuerda que los informes vinculantes de la Concejalía de Comercio serán necesarios en los ejes estratégicos definidos, como la Avenida Vicent Mortes o la Plaza del Poble. Ante cualquier duda administrativa, el expediente 212/2024/54 marca la hoja de ruta que los técnicos municipales aplicarán desde ahora.
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