Ayuntamiento de Picanya·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Nuevas tarifas en el aparcamiento municipal Sanchis Guarner de Picanya

El Ayuntamiento de Picanya actualiza los precios del parking Sanchis Guarner. Conoce cuánto costará dejar el coche o la moto a partir de ahora, tanto en plazas fijas como en rotación.

Si aparcas con frecuencia en el centro de Picanya, toma nota de los cambios que llegan al aparcamiento municipal Sanchis Guarner. El pleno del Ayuntamiento ha aprobado una nueva ordenanza que regula las tarifas del recinto, un movimiento que afectará a quienes alquilan una plaza fija o a los que simplemente pasan por allí para hacer un recado.

Datos clave

Cuota automóvil
37,19 € al mes (+IVA)
Cuota moto
12,40 € al mes (+IVA)
Tarifa rotación
0,02 € por minuto (+IVA)
Uso privativo
12,40 € a 14,05 € al mes (+IVA)

La nueva estructura de precios establece una cuota mensual de 37,19 euros por plaza para automóviles, mientras que los conductores de moto pagarán 12,40 euros al mes. Estos importes se cargarán por domiciliación bancaria durante los diez primeros días de cada mes.

Para el resto de usuarios, el sistema de rotación se fija en 0,02 euros por minuto de estancia. Si pierdes el ticket, el sistema calculará tu tiempo de entrada mediante los registros técnicos del aparcamiento: si no hay forma de verificarlo, tendrás que abonar la tarifa completa de 24 horas.

El texto incluye una opción específica para quienes poseen un derecho de uso privativo sobre las instalaciones. La cuota mensual se sitúa en 14,05 euros si la plaza cuenta con trastero, bajando a 12,40 euros si no dispone de él.

Los impagos traen consecuencias. La falta de pago de dos recibos consecutivos o cuatro alternos provocará la extinción del derecho de uso de la plaza.

El ayuntamiento también ha abierto la puerta a acuerdos con el comercio local. La ordenanza permite aplicar descuentos en la tarifa de rotación mediante convenios directos con las tiendas interesadas.

Recuerda que a todos los precios indicados se les debe sumar el IVA vigente. Las bajas del servicio deben comunicarse por escrito y surten efecto a partir del mes siguiente a la presentación de la solicitud.

Todo sigue igual. Las reglas no cambian.

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