Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Tasa de basuras 2026 en la Pobla de Vallbona: fechas y pago

El Ayuntamiento de la Pobla de Vallbona ha publicado el padrón de la tasa de residuos para 2026. Te detallamos el calendario de pagos y el cargo en cuenta.

Si vives en la Pobla de Vallbona, el Ayuntamiento ya tiene sobre la mesa el padrón fiscal que determina cuánto nos toca abonar este año por el servicio de recogida de basuras. El documento, aprobado el pasado 27 de julio por la concejalía de Gestión Tributaria, marca el calendario para que cumplamos con nuestras obligaciones fiscales sin entrar en el terreno de los recargos.

Datos clave

Periodo voluntario
Del 3 de agosto al 30 de octubre de 2026
Cargo en cuenta
16 de septiembre de 2026
Exposición pública
20 días hábiles desde el 6 de agosto
Dónde pagar
Entidades colaboradoras o web municipal

La recaudación en periodo voluntario se extiende desde el 3 de agosto hasta el 30 de octubre de 2026. Es el plazo clave para evitar que el tributo pase a la vía ejecutiva.

El cargo en cuenta, para quienes tengan domiciliado el recibo, llegará el 16 de septiembre. Si prefieres realizar el ingreso por tu cuenta, puedes hacerlo en las entidades colaboradoras que operan en la localidad, como Caixa Bank, Cajamar, BBVA, Ibercaja, Caixa Popular, Banc Sabadell, Banco Santander y BBK, o utilizar la pasarela de pagos habilitada en la página web municipal.

Los recibos están ya expuestos al público para su consulta. Tienes veinte días hábiles desde la publicación de este anuncio, realizada el 6 de agosto, para revisar los datos en las dependencias municipales o a través de la sede electrónica.

Si consideras que existe algún error en el padrón, la ley permite interponer un recurso de reposición ante la Alcaldía. El plazo para esta vía es de un mes, a contar desde el día siguiente a que finalice el periodo de exposición pública mencionado anteriormente.

Pasada la fecha límite del 30 de octubre, cualquier recibo pendiente entrará en periodo ejecutivo. La administración aplicará entonces los recargos legales, los intereses de demora correspondientes y, si llegara el caso, las costas del procedimiento de apremio. Las fechas están fijadas.

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