Bodas en Puçol: los nuevos horarios y las fechas prohibidas
El Ayuntamiento de Puçol actualiza su ordenanza de matrimonios civiles. Conoce las nuevas franjas horarias y los días de fiesta en los que no se oficiarán ceremonias.
Si tienes pensado casarte en Puçol, anota estos cambios en tu agenda. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la actualización de su ordenanza municipal para bodas civiles, y el texto ya establece tanto los nuevos horarios disponibles como los periodos en los que, directamente, no se oficiará ninguna ceremonia.
Datos clave
- Horario habitual
- Lunes a viernes, 10:00 a 13:00
- Turnos especiales
- 3º viernes (tarde) y 1º sábado (mañana)
- Mes inhábil
- Agosto
- Intervalo bodas
- 1 hora
La normativa especifica que el horario habitual para los enlaces será de lunes a viernes, entre las 10:00 y las 13:00 horas. Además, se habilitan dos franjas especiales: el tercer viernes de cada mes, de 17:00 a 19:00 horas, y el primer sábado de cada mes, de 10:00 a 13:00 horas. Todas estas citas se asignarán siguiendo el orden de llegada de las solicitudes al registro municipal.
El calendario de inactividad es extenso, como es habitual en la gestión municipal. No habrá ceremonias durante el mes de agosto, en días festivos (ya sean nacionales, autonómicos o locales), ni durante la semana fallera. Tampoco se celebrarán enlaces desde el Jueves Santo hasta el lunes de San Vicente Ferrer, ni en el periodo navideño que abarca del 24 de diciembre al 6 de enero.
Las fiestas patronales también marcan un parón total: no habrá bodas del 1 al 9 de septiembre. A estas fechas se suman dos jornadas singulares: el día de reflexión previo a cualquier proceso electoral y el sábado en el que se celebre la constitución de la nueva corporación municipal tras las elecciones locales.
La norma incluye una regla de oro para la organización de las ceremonias: el intervalo mínimo entre una boda y la siguiente será de una hora. Esto garantiza margen suficiente para que los novios y sus invitados no se crucen en las puertas del Ayuntamiento.
La ordenanza entró en vigor tras su publicación oficial, derogando cualquier normativa anterior. Si alguien desea presentar un recurso contencioso-administrativo, dispone de un plazo de dos meses desde la fecha del anuncio oficial.
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