Sentencia contra la tasa de basuras de Serra por la distancia
Los vecinos de la urbanización Torre de Porta-Coeli logran una victoria parcial frente al Ayuntamiento en la tasa de recogida de residuos y restos vegetales.
Los propietarios de la urbanización Torre de Porta-Coeli han visto cómo el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana daba la razón a su Sociedad Civil en una batalla legal contra el Ayuntamiento de Serra. La sentencia número 85/2026, dictada por la Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo, resuelve el recurso presentado contra la ordenanza fiscal que regulaba la recogida y transporte de basuras y restos vegetales, aprobada definitivamente en el pleno extraordinario del 28 de febrero de 2025.
Datos clave
- Qué cambia
- Se anula el recargo del 75% aplicado por distancia en la tasa de basuras.
- A quién afecta
- Propietarios de la urbanización Torre de Porta-Coeli.
- Sentencia
- Número 85/2026 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
- Fecha de fallo
- 9 de junio de 2026.
El núcleo del conflicto se centraba en el criterio de cobro aplicado. El fallo estima parcialmente el recurso y anula el punto específico de la ordenanza que imponía un recargo del 75 por ciento en función de la distancia. Según los jueces, este porcentaje carecía de la motivación y justificación técnica necesaria para ser aplicado a los contribuyentes de la urbanización.
El Ayuntamiento, que estuvo representado por la procuradora Miriam López Usero y el letrado Luis Alventosa del Río, vio cómo la demanda de la parte contraria, encabezada por Laura Toledado Navarro y el letrado Felipe Ascensión Garin Alemany, prosperaba parcialmente en esta cuestión clave. La sentencia declara que no procede imponer costas procesales a ninguna de las partes implicadas.
Aunque este pronunciamiento judicial afecta a una parte sustancial de la ordenanza, el texto no implica la anulación total del impuesto. El resto de las disposiciones mantienen su vigencia salvo la corrección sobre el coeficiente de distancia que ahora deberá revisar la corporación municipal.
Contra esta resolución todavía cabe interponer un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, siempre que se cumplan los plazos y requisitos estipulados por la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La alcaldesa, Alicia Tusón Sánchez, ha hecho público el fallo este 9 de junio de 2026 para conocimiento de todos los interesados.
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