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Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

El IBI rústico de Tavernes de la Valldigna ya tiene fechas para 2026

Si eres propietario de suelo rústico en Tavernes, toma nota del periodo de pago voluntario y de cuándo se cargará el recibo si lo tienes domiciliado.

Los propietarios de terrenos rústicos en Tavernes de la Valldigna ya cuentan con el calendario oficial para ponerse al día con el fisco municipal este ejercicio. El Ayuntamiento ha publicado la apertura del padrón fiscal, un trámite que marca el inicio de la cuenta atrás para el abono del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica para 2026.

Datos clave

Inicio pago voluntario
09/09/2026
Fin pago voluntario
11/11/2026
Fecha domiciliación
14/10/2026
Plazo reclamaciones
20 días hábiles
Dónde consultar
Oficina municipal de gestión tributaria, Plaza Major 1

Todo es a tiempo.

El periodo de pago voluntario se extenderá desde el 09/09/2026 hasta el 11/11/2026. Si tienes tu recibo domiciliado, el cargo en cuenta se realizará el próximo 14/10/2026.

Para aquellos que necesiten revisar su liquidación individual, el Ayuntamiento permite consultar el padrón en la oficina municipal de gestión tributaria, situada en la planta baja de la casa consistorial en la Plaza Major 1. Dispones de un plazo de 20 días hábiles desde hoy para realizar cualquier consulta o presentar las reclamaciones que consideres oportunas ante los técnicos municipales.

Si no estás de acuerdo con la liquidación, la vía administrativa sigue abierta. Puedes interponer un recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un mes, que comenzará a contar una vez finalizado el periodo de exposición pública.

Recuerda que una vez concluido el periodo voluntario, la administración iniciará el proceso ejecutivo. Esto supondrá el devengo de intereses de demora, recargos y, si fuera necesario, las costas derivadas del procedimiento de apremio.

Para efectuar el pago, deberás presentar el documento de carta de pago facilitado por la oficina tributaria en cualquiera de las entidades bancarias o cajas de ahorro colaboradoras. Es fundamental realizar este paso antes de que venza el plazo para evitar los sobrecostes automáticos que conlleva la vía ejecutiva.

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