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Ayuntamiento de Torrent·Boletín Bien de la Provincia de Valencia,

Ajudes DANA en Torrent: el desenlace de las alegaciones por vehículos

El Ayuntamiento resuelve los recursos de los vecinos afectados por la DANA y anuncia una ayuda concedida, mientras otros ocho solicitantes ven rechazada su reclamación.

El Ayuntamiento de Torrent ha cerrado el proceso de revisión de las solicitudes de ayuda directa financiadas por la Fundación Amancio Ortega tras la DANA de octubre de 2024. Tras analizar las alegaciones presentadas contra las propuestas de denegación iniciales, la administración local ha emitido su resolución final, que pone punto y final a la vía administrativa para los vecinos implicados.

Datos clave

Importe concedido
4.000 € para la sustitución de un vehículo
Recurso reposición
Plazo de 1 mes ante el Ayuntamiento
Vía judicial
Plazo de 2 meses desde el día siguiente a la publicación

El resultado ha sido dispar. Por un lado, se ha estimado una única alegación, reconociendo el derecho a recibir 4.000 € para la sustitución de un vehículo necesario para el trabajo. Este es el único caso favorable que figura en el listado de esta tanda de resoluciones, tras verificar la documentación presentada sobre la necesidad del coche para el desplazamiento laboral.

La mayoría de las peticiones analizadas, sin embargo, han terminado en una ratificación de la negativa inicial. En ocho casos, la Unitat de Valoració de les Ajudes ha desestimado las reclamaciones al constatar que las ayudas o indemnizaciones ya percibidas por los solicitantes, ya sea por parte de aseguradoras u otros organismos, cubrían o superaban el valor de los daños declarados inicialmente por los interesados en sus declaraciones responsables.

En otros expedientes, la denegación se ha mantenido por falta de acreditación de la propiedad del vehículo o por no cumplir con los requisitos específicos que marcan las bases de esta convocatoria, como ocurrió con el caso de un vecino que no logró demostrar su empadronamiento en Torrent en la fecha crítica del temporal, pese a aportar un contrato de arrendamiento.

Los interesados tienen ahora dos vías para continuar si no están conformes. Pueden interponer un recurso de reposición ante el mismo Ayuntamiento en el plazo de un mes, o bien optar por la vía contencioso-administrativa ante los tribunales de Valencia, disponiendo en este segundo supuesto de un plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta publicación.

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