Xeresa regula la carrera profesional del personal municipal
El Ayuntamiento de Xeresa aprueba su nuevo reglamento para la carrera profesional del personal empleado público, que vincula retribuciones al desempeño y formación a partir de 2027.
El Ayuntamiento de Xeresa estrena su reglamento de carrera profesional horizontal. Esta nueva normativa busca reconocer el desempeño y el conocimiento experto del personal empleado público más allá del ascenso jerárquico tradicional. El sistema se articula en cuatro tramos, denominados grados de desarrollo profesional, y su aplicación será efectiva en términos económicos a partir del 1 de enero de 2027.
Datos clave
- Inicio económico
- 1 de enero de 2027
- Desglose pagos
- 50% en 2027, 25% en 2028 y 2029
- Grados
- 4 tramos de 5 a 22 años de servicio
- Evaluación
- Anual por Comisión de Seguimiento
La progresión es voluntaria y está sujeta a una evaluación anual que medirá el desempeño, la formación y el cumplimiento de objetivos. Las cuantías económicas vinculadas a estos grados, que oscilan según el subgrupo de clasificación, se abonarán de forma progresiva en tres años: un 50 por ciento el primer año y un 25 por ciento adicional en 2028 y 2029.
Los empleados interesados deberán contar con una antigüedad reconocida en la administración pública. Los plazos mínimos de servicio exigidos para acceder a los distintos grados son cinco años para el grado I, diez para el II, dieciséis para el III y veintidós para el grado IV.
El sistema excluye expresamente a los cargos políticos, al personal eventual, al laboral temporal de programas subvencionados y a los estudiantes en prácticas. Por el contrario, integra a personal funcionario de carrera, interino, laboral fijo, indefinido por sentencia, laboral temporal y funcionario en prácticas.
Una Comisión de Seguimiento y Control será el órgano colegiado encargado de validar los requisitos y la formación de cada solicitante. Este equipo, compuesto por representantes municipales y de la parte sindical, contará con voz y voto en las deliberaciones sobre la aptitud del personal.
El reglamento detalla además un procedimiento extraordinario de encuadramiento para quienes ya prestan servicios en el Ayuntamiento. Los interesados podrán solicitar su inclusión, debiendo acreditar la antigüedad necesaria y el número de horas de formación específicas del grupo y nivel solicitado. Quienes necesiten completar su formación dispondrán de un plazo de seis meses desde la finalización del periodo de presentación de instancias.
La formación recibida debe estar certificada por instituciones oficiales, sindicatos o universidades para ser computable. Las horas de formación anual requeridas varían según el subgrupo de clasificación y el grado reconocido, con un mínimo de ocho horas y un máximo de sesenta horas anuales en los casos de mayor responsabilidad.
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