Xirivella cambia el perfil del técnico de fiestas: lo que implica
El Ayuntamiento de Xirivella ha formalizado la modificación del perfil del puesto de técnico auxiliar de fiestas, elevando su grupo de titulación y redefiniendo sus funciones diarias.
El perfil del puesto de técnico auxiliar de fiestas en el Ayuntamiento de Xirivella ha cambiado. La modificación 179 de la relación de puestos de trabajo municipal ya es oficial tras el periodo de exposición pública sin alegaciones.
Datos clave
- Retribución anual
- 39.002,20 €
- Titulación requerida
- Técnico superior en animación sociocultural
- Gasto autorizado
- 4.874,52 €
- Recurso reposición
- 1 mes desde el 30 de septiembre de 2026
Este puesto, con el número 123, sube de categoría. Pasa de un grupo C1 a un grupo B, lo que conlleva una nueva valoración económica y una redefinición de tareas. El total anual presupuestado para este perfil asciende a 39.002,20 €, sumando su salario base, pagas extraordinarias y los complementos de destino y específico.
El desglose de las funciones deja claro que el trabajo es intenso. El técnico dedica el 30 por ciento de su jornada a la preparación y ejecución de eventos, incluyendo la coordinación técnica de sonido, luces y la supervisión de infraestructuras en los actos de calle. La gestión administrativa consume otro 25 por ciento, mientras que las labores de tesorería y expedientes se reparten el resto de las horas.
El documento oficial especifica que se requiere el título de técnico superior en animación sociocultural para optar a este perfil. Además, se fijan condiciones especiales como la nocturnidad, la disponibilidad y la flexibilidad horaria, cada una con su peso porcentual en la valoración del puesto.
El gasto autorizado para esta reestructuración administrativa es de 4.874,52 euros. Esta modificación fue firmada por la concejala-delegada de Recursos Humanos, Pilar Ureña Sancho, el pasado 18 de septiembre de 2026.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes desde hoy, o bien acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses. El cambio ya está en vigor.
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