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Orden Foral: Hacienda, Finanzas y Presupuestos·Boletín Bien de Álava,

Hacienda aprueba los nuevos modelos 200 y 220 para Sociedades en Álava

La Diputación Foral de Álava actualiza la normativa para la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades y No Residentes correspondiente al ejercicio 2025.

Las empresas alavesas y entidades con presencia en el Territorio Histórico ya cuentan con los nuevos modelos 200 y 220 para cumplir con sus obligaciones tributarias de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. La reciente Orden Foral 380/2026, publicada en el BOTHA, establece los cauces telemáticos para declarar los periodos impositivos iniciados a lo largo de 2025.

Datos clave

Plazo presentación
25 días desde 6 meses tras periodo imp.
Fecha efecto
1 de julio de 2026
Fecha cargo
29 de julio de 2026
Canal
Sede electrónica Diputación Foral Álava

La presentación debe realizarse obligatoriamente por vía telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Álava. Hacienda facilita programas de ayuda específicos en su portal web para las entidades sujetas a la normativa del territorio, mientras que aquellas que tributen bajo normativa común, vizcaína, guipuzcoana o navarra deberán seguir sus respectivos procedimientos informáticos antes de transmitir los ficheros validados al sistema alavés.

El plazo de presentación es de 25 días naturales contados tras los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo de cada contribuyente. Aquellos cuyo plazo hubiera vencido antes de la entrada en vigor de esta norma, el 1 de julio de 2026, disponen de un nuevo periodo de 25 días a partir de esta fecha para cumplir con el trámite.

Las cuotas positivas domiciliadas se cargarán el 29 de julio de 2026, siempre que el plazo de autoliquidación finalice el 27 de julio. Los contribuyentes deben tener presente que, junto a la declaración, es necesario adjuntar la documentación adicional obligatoria en formato digital (PDF, TIF, JPG o similar) cuando se apliquen deducciones por I+D+i, reinversiones o regímenes especiales.

La información obligatoria incluye la relación nominativa de socios con una participación igual o superior al 5 por ciento, además de los administradores y entidades vinculadas. La omisión de estos datos en la autoliquidación puede derivar en sanciones administrativas de acuerdo con la normativa vigente.

Cualquier solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación de cuotas positivas debe presentarse dentro del mismo plazo que la declaración. Las empresas de normativa alavesa realizarán estas gestiones directamente desde el propio programa de ayuda disponible en la sede electrónica foral.

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