Cambios en las tarjetas del Programa de Asistencia Material Básica
La Junta modifica el sistema de cargas de las tarjetas para la compra de alimentos y productos básicos en Andalucía. Dependiendo de los fondos, recibirás el saldo de una vez o de forma trimestral.
Si eres beneficiario del Programa de Asistencia Material Básica en Andalucía, el sistema de ayudas que recibes a través de tarjetas para alimentación y productos básicos acaba de ajustar sus engranajes. La Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente ha modificado la resolución original de junio para gestionar mejor los fondos disponibles y adaptar los pagos a las nuevas remesas de dinero que vayan llegando.
Datos clave
- Sistema de cargas
- Pago único anual o recargas trimestrales
- Plazo máximo
- 31 de octubre de 2028
- Saldo acumulable
- Sí, hasta el fin del periodo de vigencia
- Efectos
- Desde el 23 de octubre de 2026
El cambio más importante está en cómo llega el saldo a tu tarjeta. Hasta ahora, el funcionamiento era lineal, pero la nueva norma introduce una diferencia clave dependiendo de qué partida presupuestaria financie tu ayuda.
Si tu derivación al programa se realiza con cargo a los recursos iniciales del Anexo 1, el sistema mantiene la carga única. Esto significa que al activar la tarjeta recibirás el 100 por cien de la cuantía anual reconocida de una sola vez, sin más recargas posteriores.
Para las nuevas distribuciones de fondos que se aprueben en el futuro, el mecanismo cambia a un sistema de recargas trimestrales. En estos casos, al activar la tarjeta tendrás disponible el importe correspondiente a los tres primeros meses y, posteriormente, el resto del saldo se irá cargando de forma automática el primer día del mes en que se cumpla cada nuevo trimestre.
Una buena noticia es que, sea cual sea el sistema de cargas que te aplique, el saldo no se pierde. Todo el dinero que no hayas consumido se acumula para los meses siguientes, siempre que te mantengas dentro del periodo de vigencia de tu ayuda.
Este ajuste es exclusivamente logístico y no altera las cuantías que te corresponden por tu unidad familiar, ni los requisitos para acceder al programa, ni el plazo máximo de validez de la ayuda, que sigue fijado hasta el 31 de octubre de 2028.
La resolución, firmada por el director general Antonio Ismael Huertas, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA, este 23 de octubre. Ten presente que las fechas límite para realizar derivaciones pueden actualizarse según se habiliten nuevos recursos económicos.
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