Almería declara inactivas 43 explotaciones ganaderas en el REGA
La Delegación Territorial de Agricultura ha marcado como inactivas 43 explotaciones en el REGA al no constatar actividad ganadera desde septiembre. Los titulares tienen un mes para presentar alegaciones.
Si tienes una explotación ganadera en la provincia de Almería, es posible que tu nombre aparezca en la lista que la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha hecho pública esta semana. La administración andaluza ha declarado inactivas un total de 43 explotaciones tras verificar que, al menos desde el pasado 10 de septiembre, en ellas no se desarrolla ninguna actividad ganadera.
Datos clave
- Explotaciones
- 43 unidades declaradas inactivas
- Plazo recurso
- 1 mes (reposición) o 2 meses (judicial)
- Fecha referencia
- 10 de septiembre de 2026
- Ámbito
- Provincia de Almería
Esta decisión responde a una labor de control realizada por las Oficinas Comarcales Agrarias. Los técnicos han constatado la falta de movimiento en estas instalaciones, un paso administrativo que se enmarca en la normativa vigente para actualizar el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía (REGA). Estar marcado como inactivo es el primer paso antes de una posible cancelación definitiva, que se produciría si la situación se prolonga durante más de dos años sin justificación.
La lista de afectadas es heterogénea y abarca distintos sectores de la cabaña almeriense. Predominan con diferencia las unidades dedicadas a pequeños rumiantes, con 34 explotaciones incluidas en el registro. También hay presencia de explotaciones bovinas, con 7 casos, además de una unidad de equino, una de perros, una de núcleo zoológico y dos dedicadas a la cría de caracoles.
Los titulares afectados tienen ahora un mes de plazo para interponer un recurso potestativo de reposición ante la propia Delegación Territorial si consideran que la declaración de inactividad no se ajusta a la realidad de su explotación. Alternativamente, cabe la vía del recurso contencioso-administrativo ante los juzgados en un plazo de dos meses.
El registro debe reflejar la realidad del campo. La actualización busca transparencia.
La inactividad se basa en informes de las Oficinas Comarcales Agrarias. La resolución surte efectos desde hoy mismo.
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