Nuevas equivalencias para valorar la discapacidad en Illes Balears
Ver las 64 ayudas abiertas en las Illes Balears →La Consejería de Familias ajusta los criterios para reconocer el grado de discapacidad de forma automática si ya tienes reconocida una situación de dependencia.
Si tienes reconocida una situación de dependencia y estás pendiente de valorar tu grado de discapacidad, la nueva instrucción de la Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad te interesa. El objetivo principal es agilizar las esperas acumuladas mediante un sistema de equivalencias que, bajo ciertas condiciones, evita tener que realizar una valoración presencial completa.
Datos clave
- Equivalencia grado I
- 33% discapacidad (mayores de 70 años)
- Equivalencia grado II
- 65% discapacidad (mayores de 65 años)
- Equivalencia grado III
- 65% discapacidad (mayores de 25 años)
- Plazo audiencia
- 10 días hábiles
El sistema se basa en informes facultativos. La Administración podrá otorgar un grado de discapacidad utilizando la documentación clínica y social que ya conste en los expedientes, siempre que sea información objetiva y suficiente. La norma pone el foco en la severidad de las consecuencias de la enfermedad, no solo en el diagnóstico, y exige que hayan pasado al menos seis meses desde el tratamiento inicial.
El cambio más visible afecta a las equivalencias automáticas. Si cumples los requisitos de edad y grado de dependencia en la fecha de tu solicitud, se establecen tres escenarios claros: 33 por ciento de discapacidad para mayores de 70 años con dependencia grado I, y 65 por ciento para mayores de 65 años con dependencia grado II o mayores de 25 con dependencia grado III. En todos estos casos, se asigna también un 25 por ciento de movilidad.
Todo este proceso tiene una salvaguarda. La Dirección General garantiza un trámite de audiencia previa de diez días hábiles antes de emitir la propuesta de resolución. Si no estás conforme con el grado de discapacidad propuesto, puedes manifestar tu disconformidad y solicitar una valoración presencial, ya sea en persona o por videoconferencia.
Si el plazo de audiencia vence sin que presentes alegaciones, se entenderá que aceptas la valoración propuesta por la Administración. Este nuevo marco deja sin efecto las instrucciones anteriores, como la de 2021 o la de 2025, buscando una mayor coordinación normativa con los cambios estatales recientes.
La efectividad real de esta medida está vinculada a los ajustes en el sistema informático. Los técnicos de la Consejería ya trabajan en ello. Las nuevas reglas ya están en vigor.
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