Eivissa cambia a libre designación la Viceintervención insular
El Consejo Insular de Eivissa logra permiso para modificar el acceso a su plaza de Viceintervención. Tras quedar desiertos varios concursos, la institución opta por la libre designación para cubrir un puesto clave.
El Consejo Insular de Eivissa ya tiene luz verde para cambiar las reglas de juego de su Viceintervención. Tras intentos fallidos por cubrir la plaza mediante el sistema ordinario de concurso, el Gobierno balear ha validado la propuesta de la institución insular para pasar a un sistema de libre designación en este puesto clave, reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
Datos clave
- Puesto
- Viceintervención de clase segunda
- Cambio sistema
- De concurso a libre designación
- Plazo convocatoria
- Máximo 3 meses desde la resolución
- Código puesto
- 14969
La decisión, que ya aparece publicada en el boletín oficial, se ampara en la necesidad de garantizar la continuidad del control económico en una estructura de especial responsabilidad. Según consta en el expediente, la vía del concurso ha quedado desierta de forma reiterada, lo que obligaba a la institución a recurrir a fórmulas transitorias que no ofrecen la estabilidad deseada.
El puesto, catalogado con el código 14969, permanece actualmente vacante en términos definitivos, aunque está siendo ocupado mediante una comisión de servicios. La resolución, firmada por la consejera Antònia Maria Estarellas Torrens, exige ahora al Consell un movimiento rápido.
La institución dispone de un plazo máximo de tres meses para lanzar la convocatoria definitiva bajo esta nueva modalidad. El cambio, aunque criticado por el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local en su informe desfavorable, cuenta con el aval jurídico de la Dirección General de Coordinación y Cooperación Local.
Las medidas aseguran que el acceso por libre designación mantendrá las garantías constitucionales. El proceso estará sometido a motivación individualizada, cese causalizado y control judicial pleno, blindando así la independencia de la función fiscalizadora.
Contra esta resolución, los interesados pueden presentar un recurso potestativo de reposición ante la propia consejería en el plazo de un mes o acudir a la vía contencioso-administrativa en los dos meses siguientes.
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