Canet de Mar·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Canon del módulo del Paseo Marítimo de Canet de Mar: pago hasta octubre

Plazo de solicitudAbierto hasta el 26 de octubre de 2026Quedan 72 días

Los concesionarios del módulo de servicio del Paseo Marítimo de Canet de Mar ya tienen fecha límite para abonar la segunda fracción del canon de 2026.

Los titulares de la concesión para explotar el módulo de servicio en el Paseo Marítimo de Canet de Mar tienen una cita marcada en el calendario para este otoño. La Alcaldía ha aprobado el padrón correspondiente a la segunda fracción del ejercicio 2026, lo que activa el periodo para realizar el pago de este canon de uso privativo del dominio público.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 26 de octubre de 2026
Cuantía
6.000 €
Càrrec domiciliat
1 de septiembre de 2026
Consulta
Tesorería municipal (calle Ample 11)

El recibo asciende a una cuantía total de 6.000 euros. Es un importe único que el concesionario debe abonar antes de que venza el plazo legal para evitar los temidos recargos del periodo ejecutivo.

El periodo voluntario para cumplir con este trámite comienza el 26 de agosto de 2026 y se extiende hasta el 26 de octubre del mismo año. Si tienes el recibo domiciliado, el cargo en cuenta se efectuará el 1 de septiembre.

Para el pago, la administración local facilita diversas vías a través de la oficina virtual del ORGT. Puedes utilizar la banca electrónica, tarjeta de crédito o débito, o incluso Bizum, siempre que la cantidad no exceda los 3.000 euros. También es posible realizar el ingreso de forma presencial en cajeros de entidades como CaixaBank, BBVA, Banc de Sabadell o Banco Santander.

El expediente completo está disponible para su consulta en las dependencias de la Tesorería municipal, situadas en el número 11 de la calle Ample. Los funcionarios atienden presencialmente de lunes a viernes, entre las 9 y las 14 horas, para cualquier duda sobre los datos del padrón.

Si no se efectúa el ingreso antes del 26 de octubre, la deuda entrará en vía de apremio. Ese paso implica la aplicación automática de recargos e intereses de demora según marca la normativa tributaria.

Contra esta liquidación, existe la posibilidad de interponer un recurso de reposición. El plazo para presentarlo es de un mes, contado a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública del padrón.

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