Nuevo convenio de transporte y logística en Barcelona 2026-2028
El nuevo convenio sectorial para el transporte de mercancías y logística en Barcelona establece las condiciones laborales y salariales hasta 2028. Conoce los incrementos pactados y las claves de la jornada.
El sector del transporte de mercancías por carretera y logística de Barcelona ya tiene nuevo convenio colectivo. Publicado oficialmente en el BOPB el 29 de septiembre de 2026, este acuerdo regula las condiciones laborales para los años 2026, 2027 y 2028. El convenio, que cuenta con una duración de tres años, fija incrementos salariales anuales para proteger el poder adquisitivo de los trabajadores.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2028
- Subida 2026
- 3,5% sobre tablas de 2025
- Subida 2027
- 3,3% sobre tablas de 2026
- Subida 2028
- 3,2% sobre tablas de 2027
Los salarios y conceptos económicos subirán un 3,5% para 2026, un 3,3% para 2027 y un 3,2% para 2028. Estos aumentos tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de cada año correspondiente. Los atrasos derivados de esta aplicación se abonarán en la nómina del segundo mes siguiente a la publicación oficial del convenio.
El acuerdo incluye además una cláusula de garantía salarial: si el IPC acumulado de los tres años supera el 10%, se actualizarán las tablas salariales con efectos desde el 1 de enero de 2029. Los atrasos salariales se pagarán con la nómina correspondiente al segundo mes posterior a la publicación, salvo pacto en contrario entre empresa y representantes de los trabajadores.
Se establecen condiciones específicas sobre jornada, vacaciones y permisos. La jornada laboral queda fijada en 39 horas y 30 minutos semanales de trabajo efectivo de lunes a viernes, con derecho a 20 minutos diarios de descanso para el bocadillo, que computan como tiempo de trabajo. El periodo de vacaciones anual es de 30 días naturales, preferiblemente entre junio y septiembre.
El convenio también regula pluses específicos como los de peligrosidad, trabajo en cámaras de congelación, nocturnidad y quebranto de moneda, este último aplicable cuando el importe cobrado en efectivo sea igual o superior a 900 euros mensuales. Asimismo, se han definido las ayudas escolares para hijos de trabajadores de 3 a 16 años, vigentes durante todo el periodo del convenio.
La Comisión Paritaria, formada por ocho vocales empresarios y ocho trabajadores, será la encargada de interpretar y vigilar el cumplimiento de lo pactado. Las organizaciones firmantes incluyen a TRANSCALIT y UNO por la parte empresarial, y a UGT y CCOO por la representación sindical.
El texto también detalla los requisitos para las empresas que deban elaborar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo antes del 5 de diciembre de 2026, obligatorio para centros con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno. Las empresas deben revisar el documento completo para asegurar el cumplimiento de las nuevas condiciones.
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