Aprobado el padrón de terrazas de Canet de Mar para el 3er trimestre
El Ayuntamiento de Canet de Mar ha dado luz verde al cobro de las terrazas para los meses de verano. 26 locales se ven afectados por un padrón que suma más de 12.000 €.
Si gestionas un bar o restaurante en Canet de Mar, es probable que ya tengas en el radar el impuesto por ocupar la vía pública con mesas y sillas. El ayuntamiento acaba de aprobar el padrón correspondiente al tercer trimestre de 2026, lo que significa que el calendario de pagos ya está marcado en rojo para los establecimientos hosteleros del municipio.
Datos clave
- Plazo pago
- 26 de agosto a 26 de octubre de 2026
- Importe total
- 12.735,69 €
- Cargo domiciliado
- 01 de septiembre de 2026
- Consulta
- Tesoreria municipal (Carrer Ample 11)
El padrón total para este periodo incluye 26 recibos, sumando una recaudación conjunta de 12.735,69 €. El pago en periodo voluntario se abre el 26 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026.
Para quienes tengan los recibos domiciliados, el cargo se realizará automáticamente en la cuenta bancaria el 1 de septiembre. La gestión de este cobro corre a cargo de la Diputació de Barcelona, a través de su organismo especializado, el ORGT.
El abono puede realizarse por varios canales: desde la sede electrónica del ORGT con tarjeta, Bizum o banca electrónica, hasta los cajeros automáticos de entidades como CaixaBank, BBVA, Banc de Sabadell o Banco Santander. También es posible realizar el pago mediante giro postal en las oficinas de Correos, aunque este servicio conlleva costes adicionales según sus tarifas.
Las cuentas ya están claras.
Si necesitas revisar los detalles de tu liquidación, el expediente está disponible para consulta en las dependencias de la Tesorería municipal, ubicadas en el Carrer Ample 11, de lunes a viernes y en horario de 9 a 14 horas.
Es importante tener presente que, una vez superado el plazo del 26 de octubre, cualquier pago pendiente entrará en periodo ejecutivo. Esto implica que la administración exigirá la deuda por la vía del apremio, lo que conlleva la aplicación de recargos e intereses de demora adicionales.
Si no estás conforme con la liquidación recibida, la normativa permite interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que emitió el acto. El plazo para presentarlo comienza justo al terminar el periodo de exposición pública de los padrones.
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