Cànoves i Samalús·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Cànoves i Samalús actualiza su impuesto de plusvalía municipal

El Ayuntamiento de Cànoves i Samalús abre el plazo de 30 días para revisar los cambios en la plusvalía municipal, incluyendo nuevas exenciones por rehabilitación y ajustes en las transmisiones por violencia de género.

El Ajuntament de Cànoves i Samalús ha puesto en marcha la maquinaria para ajustar su ordenanza sobre el impuesto de plusvalía, la tasa que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos cuando se transmiten. El Pleno Municipal, en su sesión del 24 de septiembre, ha aprobado de forma provisional una serie de cambios que afectan a la estructura, el redactado y el alcance de las exenciones actuales.

Datos clave

Plazo alegaciones
30 días hábiles
Tipo gravamen
30%
Requisito exención
95% del valor catastral en obras

La modificación no es menor. El texto busca encajar la normativa local con las actualizaciones legislativas recientes, especialmente tras la sentencia del Tribunal Supremo de 2021 que ya forzó cambios hace cuatro años. Ahora, el consistorio ha decidido afinar la redacción para dotar de mayor seguridad jurídica tanto a la administración como a los contribuyentes.

Una de las novedades más destacadas es la incorporación de un nuevo supuesto de no sujeción para las transmisiones a título lucrativo en favor de hijos, menores o personas con discapacidad. Este caso se aplica cuando la transmisión es consecuencia del fallecimiento de mujeres víctimas de violencia de género, conforme a lo definido por la ley o los instrumentos internacionales ratificados por el Estado.

Las exenciones también se amplían. El nuevo texto prevé beneficios para las transmisiones de inmuebles situados en perímetros de Conjunto Histórico-Artístico o declarados individualmente de interés cultural, siempre que los titulares acrediten haber invertido al menos el 95 por ciento del valor catastral en obras de conservación, mejora o rehabilitación durante el último año.

El documento establece además reglas claras para los casos de adquisiciones múltiples. Si un terreno se compró en diferentes fechas, la base imponible se calculará dividiendo la transmisión en tantas fracciones como fechas de adquisición existan. La cuota final, tras estos ajustes, se fija aplicando un tipo de gravamen del 30 por ciento.

El plazo para presentar alegaciones ya corre. Tienes 30 días hábiles para examinar el texto expuesto al público en el tablón de anuncios de la corporación. Si no se presentan reclamaciones en este periodo, el acuerdo se entenderá aprobado definitivamente. El trámite es sencillo. Si nadie dice nada, el cambio entra en vigor automáticamente.

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