Cardedeu·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Cardedeu estrena ordenanza para el suministro de agua potable

El municipio aprueba el nuevo marco que regula las tarifas del agua, incluyendo bonificaciones sociales y condiciones específicas para fugas y familias numerosas.

Cardedeu ya tiene en vigor su nueva ordenanza que regula el suministro y distribución de agua potable en el municipio. El Pleno Municipal aprobó definitivamente el texto el pasado 30 de julio, tras desestimar las alegaciones presentadas tanto por la Asociación Intercomarcal de Consumidores y Usuarios de Catalunya como por el grupo municipal de la CUP.

Datos clave

Cuota fija doméstica
24,50 € por trimestre
Tarifa social
50% de descuento en cuota y consumo
Plazo de pago
1 mes tras la expedición de la factura
Gestor del servicio
CCB Serveis Mediambientals, SAU

La normativa define el precio del agua como una prestación patrimonial de carácter público no tributario, gestionada directamente por la empresa municipal CCB Serveis Mediambientals. Este cambio contable, que sigue la actual legislación de contratos del sector público, busca adaptar las tarifas a la gestión real del servicio en el municipio.

Si eres usuario doméstico, la factura trimestral se desglosa en una cuota fija de 24,50 euros, a la que se suma la cuota de conservación de contadores y el consumo variable progresivo. El agua para usos industriales, obras o servicios contra incendios tiene sus propias tarifas, mientras que los suministros municipales quedan exentos de pago.

La ordenanza introduce una tarifa social con bonificaciones importantes para quienes acrediten vulnerabilidad mediante informe de servicios sociales. Esta tarifa social reduce al 50 por ciento la cuota fija y los tres primeros bloques de consumo doméstico, además de incluir la gratuidad en las altas de contador y cambios de titularidad.

Para familias con cuatro o más convivientes, el reglamento permite ampliar los tramos de consumo según el número de ocupantes, siempre que esté acreditado ante la Agencia Catalana del Agua. El exceso de consumo por una fuga fortuita también cuenta con medidas excepcionales de reducción, siempre que se repare y se demuestre la incidencia.

El pago de las facturas deberá efectuarse en el plazo de un mes desde su expedición. En caso de no domiciliar el recibo, el usuario tendrá un mínimo de veinte días naturales para realizar el ingreso en los lugares indicados en el documento.

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