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Corbera de Llobregat regula el teletrabajo: claves y plazos

El Ayuntamiento de Corbera de Llobregat ha aprobado inicialmente su nuevo reglamento de teletrabajo. Conoce los requisitos de acceso, la jornada de disponibilidad obligatoria y cómo presentar alegaciones al texto.

El personal municipal de Corbera de Llobregat cuenta desde esta semana con las bases para formalizar el teletrabajo. El pleno municipal ha aprobado el reglamento que regulará esta modalidad, abriendo un periodo de exposición pública de 30 días hábiles para que tanto los interesados como cualquier ciudadano puedan presentar alegaciones antes de su entrada en vigor definitiva.

Datos clave

Plazo alegaciones
30 días hábiles
Modalidad ordinaria
1 día semanal (+12 días anuales)
Franja obligatoria
09:30 a 14:00

La normativa establece un día de teletrabajo ordinario a la semana, preferiblemente los viernes, aunque los departamentos con atención al público continuada podrán rotar este día a los miércoles. Además, se añade una borsa de 12 jornadas anuales, a razón de una al mes, para situaciones de flexibilidad puntual. Quienes cuenten con reducciones de jornada por conciliación familiar podrán solicitar un segundo día semanal, siempre bajo validación técnica.

El acceso no es un derecho automático y requiere un plan de trabajo individual, además de la superación de un periodo de seis meses de servicio activo previo. El reglamento excluye de entrada a perfiles cuya presencia física sea esencial, como policía local, brigadas de mantenimiento, personal docente o servicios de atención directa en recepciones, aunque contempla autorizaciones excepcionales para casos justificados.

El teletrabajo no implica una reducción de derechos ni de jornada, que se mantiene en siete horas, ni tampoco permite acumular horas extraordinarias sin una autorización motivada. Los empleados deberán estar disponibles y conectados en la franja obligatoria, fijada con carácter general de 09:30 a 14:00 horas.

Para el personal con cargas de teletrabajo superiores al 30 por ciento, el reglamento exige presentar una declaración responsable sobre la seguridad y salud del espacio de trabajo. El equipo informático será, preferentemente, facilitado por el propio ayuntamiento, limitando el uso de medios propios a situaciones excepcionales.

Las alegaciones pueden presentarse en el registro del ayuntamiento durante el próximo mes. Los criterios de prioridad favorecen situaciones de conciliación acreditada y necesidades de salud, asegurando en todo momento que el servicio al vecino no sufra ninguna alteración. La comisión paritaria resolverá cualquier incidencia técnica que pueda surgir en esta nueva etapa.

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