El Bruc·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

El Bruc ajusta la tasa de basuras para alquileres turísticos

El Ayuntamiento de El Bruc reorganiza su padrón de residuos de 2026 con 63 recibos. Los propietarios de viviendas de uso turístico y coliving cambian de tasa.

El Ayuntamiento del Bruc ha actualizado su lista de contribuyentes para la tasa de gestión de residuos de 2026, y el cambio principal afecta a quienes gestionan alojamientos turísticos y viviendas compartidas. El nuevo padrón, ya aprobado, alcanza un total de 52.407,81 euros repartidos en 63 recibos. Si tu vivienda figura en la lista de actividades turísticas, tu recibo cambia de concepto.

Datos clave

Periodo voluntario
2 de septiembre al 5 de noviembre de 2026
Importe total
52.407,81 €
Recibos
63
Cargo domiciliado
2 de noviembre de 2026

Los propietarios de pisos destinados a alquiler turístico, viviendas de coliving o turismo rural han sido dados de alta en el padrón de residuos comerciales. Automáticamente, han sido dados de baja del padrón de residuos domésticos. El ajuste sigue la reciente modificación de la ordenanza fiscal número 29.

La recaudación corre a cargo del Organisme de Gestió Tributària (ORGT). El periodo para realizar el pago voluntario estará abierto desde el 2 de septiembre hasta el 5 de noviembre de 2026. Si tienes el recibo domiciliado, el cargo bancario se ejecutará el 2 de noviembre.

Quienes no tengan los recibos domiciliados recibirán en sus domicilios un documento de cobro con los datos necesarios para liquidar la tasa. Si el aviso no llega a tiempo, puedes solicitar un duplicado llamando al teléfono 93.472.91.40 del ORGT.

El padrón estará expuesto al público durante veinte días naturales, un periodo que arranca diez días antes de la fecha de inicio del cobro voluntario. Este trámite permite revisar que los datos sean correctos tanto en el tablón electrónico del Ayuntamiento como en las oficinas presenciales.

Las reclamaciones no son automáticas. Si decides presentar un recurso de reposición, debes saber que esto no paraliza por sí mismo el cobro administrativo. Para detener el procedimiento, sería necesario solicitarlo expresamente y aportar una garantía que cubra la totalidad de la deuda.

Cualquier retraso en el pago fuera de los plazos señalados activará el procedimiento de apremio. Esto conlleva el recargo correspondiente, los intereses de demora y las posibles costas derivadas del proceso de recaudación. El procedimiento es riguroso.

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