La Garriga 360, SLU: el Ayuntamiento actualiza sus estatutos
El Ayuntamiento de la Garriga ha ratificado los nuevos estatutos de su sociedad municipal para afianzar el control y la gestión directa de sus servicios públicos.
El Ajuntament de la Garriga ha puesto al día los estatutos de su sociedad municipal, La Garriga 360, SLU, para blindar su papel como medio propio en la gestión de servicios públicos. Este cambio, aprobado en el pleno ordinario del 29 de julio de 2026, no es solo un trámite de despacho, sino la pieza necesaria para que la empresa pueda operar con la seguridad jurídica que exige el sector público.
Datos clave
- Capital social
- 3.000 €
- Consejo administración
- 5 miembros
- Domicilio social
- Plaça de l'Església, 2, la Garriga
- Actividad principal
- Lloguer de béns immobles (CNAE 6820)
La sociedad, que se constituyó en su día con un capital de 3.000 euros dividido en tantas participaciones de un euro, tiene encomendadas tareas que van desde la gestión del parque público de vivienda hasta el mantenimiento de las guarderías municipales. Con esta rectificación, el consistorio refuerza el control sobre la entidad, asegurando que no pierda su esencia como herramienta municipal ni se desvíe de sus funciones técnicas.
El órgano de administración queda integrado por cinco miembros: la alcaldía, que ostenta la presidencia, tres tenientes de alcaldía y un representante de los grupos municipales que no forman parte del equipo de gobierno. Todos ellos desempeñan su labor de forma gratuita, limitándose el gasto a los reembolsos por desplazamientos o manutención que fueran necesarios.
El texto oficial deja claro que esta mercantil no puede ejercer potestades administrativas, ya que esa autoridad sigue reservada exclusivamente al Ayuntamiento. Además, se establece un límite estricto: al menos el 80 por ciento de su actividad debe realizarse bajo las encomiendas directas del consistorio.
La sociedad debe auditarse cuando la ley lo exija o lo decida la Junta General, formada por el pleno municipal. Todo está bajo control.
Las cuentas anuales deberán estar a disposición del Registro Mercantil en los plazos legales, integrándose posteriormente en la cuenta general del municipio para mayor transparencia. Cualquier duda interpretativa se resolverá siempre priorizando el carácter público de la entidad.
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