Martorell suspende licencias para centros de culto en zonas residenciales
El Ayuntamiento de Martorell congela durante un año cualquier nueva licencia para centros religiosos en suelo residencial. La medida busca margen para preparar una nueva normativa urbanística específica.
Martorell ha decidido poner freno a la apertura de nuevos centros de culto en sus zonas residenciales. La junta de gobierno local aprobó el pasado 13 de julio una suspensión cautelar de licencias que afectará a cualquier solicitud para instalar, ampliar o reformar locales destinados a usos religiosos o actividades culturales vinculadas a ellos.
Datos clave
- Suspensión
- 1 año
- Ámbito
- Suelo urbano residencial de Martorell
- Consulta
- Portal de Transparencia del Ayuntamiento
- Recurso reposición
- 1 mes desde su publicación
El parón urbanístico tiene una duración inicial de un año. El objetivo es ganar tiempo para redactar y aprobar un nuevo instrumento de planeamiento que regule específicamente dónde y cómo pueden ubicarse este tipo de establecimientos en el municipio.
La medida afecta a toda la zona urbana calificada como residencial. El ayuntamiento ha confirmado que aquellos procedimientos para obtener una licencia municipal, urbanística o de actividades que ya estuvieran iniciados antes de que esta suspensión fuera efectiva seguirán tramitándose bajo la normativa antigua. Sin embargo, las licencias que ya estén en vigor deberán adaptarse a lo que dicte la futura regulación cuando esta entre en juego.
Cualquier vecino o interesado en conocer los detalles técnicos puede consultar el expediente a través del Portal de la Transparencia del ayuntamiento, específicamente en el apartado de planeamiento urbanístico en tramitación. También es posible obtener información presencial en la secretaría municipal situada en la calle Mur, 61, en horario de lunes a viernes de 9 a 14 horas.
La decisión es firme. Contra este acto de trámite calificado se puede interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio, o bien optar directamente por un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal de Instancia de Barcelona en un plazo de dos meses. La administración local se reserva así un margen de doce meses para ordenar un uso del suelo que ahora mismo se queda en pausa.
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