Subvenciones para la ITE en Mollet del Vallès: el ayuntamiento paga
Si eres propietario en un edificio con más de 45 años, tienes a tu alcance una ayuda en especie para cubrir el coste íntegro de la inspección técnica del inmueble.
Si eres propietario de un edificio residencial en Mollet del Vallès que ya empieza a notar el peso de los años, el ayuntamiento ha activado una vía para que no tengas que sufragar de tu bolsillo el próximo Informe de Inspección Técnica del Edificio (IITE). En lugar de entregar dinero contante y sonante, la institución ha optado por un sistema de subvenciones en especie: el consistorio se encarga de contratar directamente a un profesional competente y asume la totalidad de sus honorarios hasta agotar el presupuesto máximo de 15.000 € disponible para este 2026.
Datos clave
- Plazo solicitud
- 30 días naturales desde el 26 de junio de 2026
- Presupuesto máximo
- 15.000 €
- Antigüedad mínima
- 45 años (salvo supuestos específicos de rehabilitación)
- Cómo presentar
- Sede electrónica del Ayuntamiento de Mollet del Vallès
- Presencial
- Oficina de Rehabilitación Energética (ORE) para personas físicas no obligadas
Para acceder a esta ayuda, el edificio debe cumplir varios requisitos esenciales, empezando por una antigüedad mínima de 45 años. No obstante, se abre una puerta excepcional para inmuebles más jóvenes siempre que tengan la obligación legal de pasar la ITE y se quieran sumar a los programas públicos de rehabilitación. Además, el edificio debe tener uso residencial, ser residencia habitual y no tener abierto ningún expediente de ruina.
El procedimiento es de concurrencia competitiva, lo que significa que las solicitudes no se aceptan por orden de llegada, sino que se valoran y ponderan siguiendo los criterios del artículo 15 de las bases específicas. Si el inmueble es unifamiliar, existe una condición adicional: la construcción principal debe estar situada a menos de 1,5 metros de la vía pública, de zonas de uso público o de las fincas colindantes, según exige el decreto autonómico de referencia.
El plazo para presentar la solicitud es de 30 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio, que tuvo lugar el 25 de junio de 2026. Es decir, tienes hasta el 25 de julio para registrar tu petición en la sede electrónica del ayuntamiento. Si eres una persona física no obligada a realizar trámites telemáticos, también puedes realizar la gestión de forma presencial en la Oficina de Rehabilitación Energética (ORE) de la localidad.
La documentación mínima que debes tener preparada viene detallada en el artículo 14 de las bases y debe incluir la autorización para que el ayuntamiento consulte tus datos a efectos de valoración. Recuerda que las sociedades mercantiles y cualquier entidad con ánimo de lucro quedan fuera de esta convocatoria, pensada específicamente para comunidades de propietarios, copropietarios y dueños únicos de viviendas habituales.
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