Constituida la Junta de Compensación UA-19 para el sector Mollet
Los propietarios de la UA-19 ya cuentan con su Junta de Compensación para finalizar la urbanización de este sector de Parets del Vallès. Hay un plazo abierto para nuevas adhesiones.
El sector Mollet de Parets del Vallès da un paso adelante en su desarrollo urbanístico. Los propietarios de la unidad de actuación UA-19 han formalizado la constitución de su Junta de Compensación, un organismo encargado de gestionar la urbanización definitiva de este ámbito. El Ayuntamiento ha oficializado esta constitución, designando a Xavier Gadea Borguño como su representante municipal en los órganos rectores de la entidad.
Datos clave
- Plazo incorporación
- 1 mes desde el 13 de agosto de 2026
- Representante
- Xavier Gadea Borguño
- Domicilio
- Carrer Octave Lecante, 59, Mollet
- Unidad de actuación
- UA-19 Sector Mollet
La constitución de esta Junta marca el cambio de sistema de actuación, pasando de la modalidad de cooperativa a la de compensación básica. Este paso permite a los propietarios coordinar las obras de urbanización y la reparcelación de los terrenos bajo una estructura propia y con personalidad jurídica, regulada por unos estatutos que ahora han sido aprobados definitivamente.
La entidad tiene su domicilio social en las oficinas de STEN, situadas en el Carrer Octave Lecante, dentro de la avenida Can Magarola número 59. Desde este punto, la Junta asumirá la gestión de los proyectos de urbanización necesarios para completar el sector, actuando con los principios de economía, celeridad y eficacia.
Los miembros de la junta, tanto los promotores iniciales como los propietarios que se adhieran en el futuro, deberán asumir las cuotas de urbanización que se determinen en la asamblea general. El impago de estas aportaciones, tras los requerimientos oportunos, facultará a la Junta para solicitar al Ayuntamiento el cobro por vía de apremio, o incluso instar la expropiación de las fincas de los propietarios morosos.
La Junta podrá, previa autorización, contratar empresas urbanizadoras para ejecutar las obras, siempre bajo criterios técnicos y económicos que garanticen el mejor resultado. Cualquier acuerdo de importancia, como modificaciones de estatutos o la contratación de grandes proyectos, requerirá el voto favorable de al menos el 50 por ciento de las cuotas de participación.
Los propietarios que no se hayan incorporado formalmente tienen ahora un plazo de un mes para hacerlo, a contar desde la publicación oficial de este acuerdo. Pasado este tiempo, la normativa urbanística prevé mecanismos para que la Junta pueda avanzar en el proyecto sin parálisis administrativa.
El Ayuntamiento mantiene una función tutelar sobre el proceso, incluyendo la aprobación de los instrumentos de gestión y la resolución de recursos. Las decisiones de la Junta no se suspenden por el hecho de ser recurridas, salvo que el órgano competente lo acuerde expresamente.
El proyecto, que arrastra referencias de planeamiento desde 1990 y 2010, entra así en una fase de ejecución más directa.
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