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Puig-reig activa su nueva Comisión Ética con carácter consultivo

El nuevo reglamento define cómo funcionará este órgano independiente, que vigilará el cumplimiento del código de conducta municipal sin capacidad sancionadora.

Puig-reig estrena nueva herramienta para vigilar la ética de su vida pública. Tras el periodo de exposición pública sin recibir una sola alegación, el reglamento que pone en marcha la Comisión Ética del ayuntamiento ya es una realidad vigente desde el 4 de junio de 2026.

Datos clave

Plazo resolución
Máximo de 3 meses
Composición
Grupos políticos, personal y ciudadanos
Designación
Mayoría de dos tercios del Pleno
Mandato
4 años (8 para sociedad civil)

Este nuevo órgano no nace para sancionar ni tiene capacidad ejecutiva, pero sí un peso consultivo que los cargos electos y el personal municipal deberán tener en cuenta. La comisión actuará como un espacio independiente encargado de evaluar el cumplimiento del Código Ético, que el consistorio aprobó inicialmente en enero de 2022.

La composición del grupo será plural. Estará formada por una persona representante de cada grupo político con asiento en el Pleno, un representante de la plantilla municipal (siempre que no forme parte del comité de empresa) y tres vecinos seleccionados de la sociedad civil. Todos ellos serán designados por el Pleno mediante una mayoría de dos tercios.

El mandato de los miembros durará cuatro años, ajustándose al ritmo corporativo, aunque los representantes de la sociedad civil podrán mantenerse hasta ocho años continuados. Si alguien tiene que abandonar su puesto antes de tiempo, el procedimiento de salida requiere un acuerdo por mayoría absoluta del Pleno.

Si como ciudadano tienes dudas sobre la ética pública o sospechas de algún incumplimiento, el reglamento habilita un canal para trasladar tus comunicaciones mediante una instancia genérica en el ayuntamiento. La comisión podrá inadmitir aquellas que sean anónimas sin pruebas o que carezcan de relación alguna con el código de conducta.

El órgano garantiza el derecho de audiencia. Cualquier persona afectada por un procedimiento podrá presentar alegaciones y aportar documentos antes de que se emita una resolución, siempre preservando la confidencialidad. Una vez iniciado el proceso, la comisión tiene un plazo máximo de tres meses para resolver.

Los informes finales no vinculan jurídicamente, pero su carácter es de obligado conocimiento para los órganos municipales. Cada año, la comisión deberá presentar una memoria pública de sus actividades ante el Pleno para su control.

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