Sant Andreu de la Barca aprueba los recibos de atención domiciliaria
El Ayuntamiento de Sant Andreu de la Barca ha fijado el padrón de los servicios de atención domiciliaria y teleasistencia del verano, con más de 9.500 euros a recaudar.
El Ayuntamiento de Sant Andreu de la Barca ha dado luz verde al padrón de los servicios de atención domiciliaria y teleasistencia correspondientes al verano. La medida, aprobada por decreto de la concejalía de Hacienda el pasado 21 de agosto, afecta a las facturas del servicio de atención domiciliaria (SAD) del mes de julio y a los recibos de teleasistencia acumulados durante mayo, junio y julio.
Datos clave
- Importe total
- 9.582,07 €
- Liquidaciones SAD
- 42 recibos por 5.227,19 €
- Liquidaciones teleasiste
- 205 recibos por 4.354,88 €
- Qué hacer
- Consultar en Tesorería y reclamar
La recaudación total asciende a 9.582,07 euros, repartidos en dos bloques principales. Por un lado, la relación de atención domiciliaria (SAD 07/2026) suma 42 liquidaciones que totalizan 5.227,19 euros. Por otro, el servicio de teleasistencia cuenta con 205 liquidaciones por un importe de 4.354,88 euros.
El listado queda expuesto al público en el Departamento de Tesorería municipal. Tienes veinte días naturales para consultar los datos si eres usuario o familiar responsable, plazo que comienza a contar desde diez días antes del inicio del periodo de cobro en voluntaria.
Si detectas algún error en tu liquidación, puedes presentar una reclamación durante este periodo de exposición. El padrón se considerará aprobado de forma definitiva si no se registra ninguna alegación en los plazos marcados.
Contra esta aprobación cabe interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización de la exposición pública. Es un paso previo obligatorio antes de acudir a la vía judicial contencioso-administrativa en Barcelona.
Presentar un recurso no paraliza por sí mismo el cobro de las cuotas o recargos. Si decides impugnar, deberás aportar una garantía suficiente para suspender la acción administrativa de recaudación, tal como recoge la ley de haciendas locales.
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