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Ayudas para pagar el IBI en Sant Boi: quién y cómo puede pedirlas

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Sant Boi lanza nuevas ayudas para sufragar la titularidad de la vivienda habitual. Descubre los tramos de ingresos y el límite de ahorro permitido para optar a esta subvención del IBI.

Si vives en Sant Boi de Llobregat y el pago anual del IBI te supone un esfuerzo económico notable, el Ayuntamiento ha activado un mecanismo de auxilio. Se trata de una nueva línea de ayudas directas diseñadas para cubrir, total o parcialmente, los gastos derivados de la titularidad de tu vivienda habitual.

Datos clave

Beneficiario
Familias con escasa capacidad económica
Cuantía
50%, 75% o 100% de la cuota del IBI
Valor máximo
125.000,00 € de valor catastral
Límite ahorros
18.000,00 € por unidad familiar
Cómo solicitar
Registro General del Ayuntamiento

El sistema funciona por tramos de ingresos, priorizando a quienes cuentan con menos recursos económicos. La cobertura de la ayuda puede llegar a cubrir el 100%, el 75% o el 50% de la cuota líquida del IBI, dependiendo de la situación financiera de tu unidad de convivencia. El objetivo es claro: aliviar la carga fiscal de los vecinos con rentas más ajustadas.

Para poder solicitar esta subvención, debes estar empadronado en el municipio y ser titular del inmueble que utilizas como residencia habitual. Además, el valor catastral total de tu vivienda (sumando otros inmuebles si los tuvieras) no puede superar los 125.000,00 €. También se pone un límite al ahorro: si tu unidad familiar dispone de más de 18.000,00 € en cuentas o depósitos, quedarás fuera de la convocatoria.

El proceso de adjudicación es ordenado. Los técnicos municipales puntuarán las solicitudes según la renta per cápita de cada familia, de menor a mayor. Este orden determina quién cobra primero y qué porcentaje de la factura del IBI se le reembolsa.

La documentación necesaria es extensa, pero necesaria para acreditar tu situación. Deberás presentar el libro de familia, nóminas o certificados de pensiones, los movimientos bancarios de los últimos meses y, si corresponde, el título de propiedad. También se facilitará la consulta de datos mediante interoperabilidad administrativa, aunque puedes oponerte si prefieres aportar los certificados manualmente.

Si necesitas presentar alegaciones o documentación adicional, el departamento gestor te lo hará saber. Ten en cuenta que si el crédito se agota, las solicitudes que se hayan quedado fuera podrán ser atendidas si más adelante se amplía la partida presupuestaria, sin necesidad de que vuelvas a realizar un nuevo trámite.

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