Sant Boi de Lluçanès·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Sant Boi de Lluçanès actualiza sus ordenanzas fiscales para 2027

El Ayuntamiento de Sant Boi de Lluçanès da luz verde definitiva a sus ordenanzas para 2027, incluyendo cambios en el IBI, tasas de servicios y el recargo a viviendas vacías.

Los vecinos de Sant Boi de Lluçanès verán cambios en sus recibos y gestiones municipales a partir del 1 de enero de 2027. El Ayuntamiento ha culminado el proceso de aprobación definitiva de sus ordenanzas fiscales, consolidando una batería de actualizaciones que afectan tanto a impuestos sobre inmuebles y vehículos como a tasas por servicios concretos. Todo está ya listo para el próximo ejercicio.

Datos clave

Entrada en vigor
1 de gener de 2027
Excepció recàrrec
31 de desembre de 2026
Tipus IBI urbà
0,84 %
Tipus ICIO
3 %

El grueso de la actualización se centra en el IBI. Los propietarios se beneficiarán de una nueva bonificación específica para la instalación de sistemas de energía ambiental, alineando la normativa local con los modelos de la Diputació de Barcelona. Esta medida se suma a las ya existentes para viviendas de protección oficial y cooperativas agrarias, cuyo régimen se mantiene vigente.

También hay novedades en el recargo para viviendas desocupadas de forma permanente. La normativa se vuelve más precisa sobre qué constituye un inmueble vacío, fijando el plazo de dos años de inactividad como referencia para los titulares de cuatro o más viviendas residenciales, salvo causa justificada.

El ámbito de los servicios municipales también ajusta su contabilidad. Las tasas de cementerios, la ocupación de vía pública con terrazas, la gestión de residuos y los precios públicos por el alquiler de instalaciones municipales, como la pista de pádel o el local social, han sido revisadas. La gestión de estas tasas se mantiene delegada en el Organisme de Gestió Tributària de la Diputació.

Para quienes tengan dudas o deseen consultar los detalles técnicos, el expediente completo está ya cerrado. La normativa entra en vigor el primer día de 2027, con la excepción del recargo a viviendas vacías que se aplicará desde el 31 de diciembre de 2026. Los plazos para las gestiones individuales se regirán por el calendario fiscal anual que el Ayuntamiento anunciará en el boletín provincial. Si tienes un inmueble en el municipio, conviene revisar estas nuevas reglas antes de que acabe el año.

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