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Sant Celoni y La Batllòria: nuevas bases para pedir subvenciones

Si tu entidad organiza actividades de interés comunitario, ya puedes preparar la solicitud conforme a las nuevas bases definitivas aprobadas por el Ayuntamiento.

El tejido asociativo de Sant Celoni y La Batllòria tiene desde esta semana un nuevo marco normativo para acceder a las ayudas municipales. El Ayuntamiento ha publicado definitivamente las bases que regularán la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, buscando fomentar el asociacionismo, la cohesión social y la mejora de la vida comunitaria en todo el municipio.

Datos clave

Plazo
30 días naturales desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria
Anticipos
75% para entidades sin ánimo de lucro y 95% para escuelas con fondos públicos
Justificación
Antes del 31 de octubre, salvo actividades en el último trimestre del año
Subsanación
10 días hábiles para corregir errores en la documentación
Puntuación máxima
50 puntos por proyecto

Estas ayudas se dividen en seis modalidades temáticas: Cultura, Educación, Deportes, Barris, Medi Ambient y Social i comunitària. Cada una de ellas cuenta con sus propios criterios específicos de valoración, sumados a unos criterios generales que puntúan cuestiones como la accesibilidad, el uso de lenguaje inclusivo, el fomento del catalán y la transparencia en la gestión.

La puntuación máxima que puede alcanzar cada proyecto es de 50 puntos, repartidos entre esos 15 puntos de criterios generales y 35 de específicos. Por ejemplo, en el ámbito cultural se premia la colaboración con otras entidades, el impacto en el colectivo joven y la calidad artística, mientras que en las propuestas deportivas se valorará especialmente la paridad de género y el trabajo en valores como la cooperación.

El procedimiento de solicitud exige presentar telemáticamente la memoria técnica y económica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. El plazo para presentar estos documentos se abrirá al día siguiente de la publicación de la convocatoria específica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB) y se extenderá durante 30 días naturales.

Un aspecto relevante de estas nuevas bases es la agilidad en los pagos: el Ayuntamiento permite un anticipo del 75 por ciento del importe concedido para las entidades sin ánimo de lucro, y del 95 por ciento en el caso de las escuelas financiadas con fondos públicos, sin necesidad de constituir garantías adicionales. La justificación deberá realizarse, con carácter general, antes del 31 de octubre, salvo para aquellas actividades que se desarrollen en el último trimestre del año.

Es importante recordar que no pueden ser beneficiarias aquellas entidades que tengan deudas con la Administración o que no hayan justificado adecuadamente subvenciones recibidas en ejercicios anteriores. Ante cualquier deficiencia en la documentación presentada, la administración notificará la necesidad de subsanar los errores en un plazo improrrogable de diez días hábiles.

El órgano competente para valorar las propuestas será una comisión técnica nombrada por decreto, siendo la Alcaldía la responsable de la resolución final. Las entidades interesadas pueden consultar todos los detalles y modelos normalizados en la página web municipal, donde también encontrarán la información sobre la protección de datos personales asociada a este proceso.

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