Sant Cugat ajusta el IBI y la tasa de residuos para el 2027
El Ayuntamiento de Sant Cugat modifica las ordenanzas del IBI y de residuos de cara al 2027. Conoce los nuevos tipos de gravamen y las tarifas aplicables antes de la aprobación definitiva.
Sant Cugat del Vallès calienta motores para 2027 con cambios en su fiscalidad local. El pleno municipal aprobó el pasado 25 de septiembre una modificación parcial de las ordenanzas que regulan el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y la tasa de gestión de residuos municipales, ajustes que entrarán en vigor el 1 de enero del próximo año.
Datos clave
- Plazo alegaciones
- 30 días hábiles desde publicación
- Tipo IBI general
- 0,571 %
- En vigor
- 1 de enero de 2027
Los propietarios de bienes inmuebles urbanos verán cómo el tipo de gravamen general del IBI pasa del 0,555 por ciento actual al 0,571 por ciento. Este incremento busca ajustar los tipos aplicables a los usos comerciales, industriales y de oficinas, cuyos valores también experimentan cambios, fijándose ahora el tipo en el 1,113 por ciento para las categorías con mayor valor catastral dentro de estas tipologías.
La tasa de residuos también sufre una reconfiguración técnica en sus cuotas tributarias para el 2027. El Ayuntamiento ha ajustado las tarifas anuales, que siguen determinándose en función del tramo de valor catastral de la propiedad y del uso del inmueble, ya sea residencial, industrial, comercial o de otras categorías como la hostelería o los equipamientos culturales.
Las modificaciones incluyen nuevos baremos para las tarifas de residuos, que oscilan desde los 57,30 euros en los tramos más bajos hasta los 171,87 euros para los inmuebles de mayor valor catastral, dependiendo del uso. Esta estructura busca, según indica el texto, incentivar una gestión más eficiente de los residuos y una correcta separación en origen por parte de los contribuyentes.
Los interesados tienen ahora un plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio, para consultar el expediente y presentar las reclamaciones o alegaciones que consideren oportunas. Si durante este periodo no se presentan impugnaciones, los acuerdos quedarán aprobados definitivamente de forma automática.
El texto también detalla las condiciones para futuras bonificaciones, como aquellas destinadas a familias numerosas o a instalaciones de aprovechamiento térmico o eléctrico de energía proveniente del sol. La transparencia administrativa marca el ritmo de este nuevo ejercicio fiscal.
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