Sant Cugat ajusta sus cuentas: 198,6 millones de presupuesto final
El Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès ha cerrado definitivamente la undécima modificación presupuestaria del año, dejando un balance total de ingresos y gastos.
Los vecinos de Sant Cugat del Vallès ven desde esta semana cómo se consolidan los ajustes en las arcas municipales tras la aprobación definitiva del expediente número 11 de modificación presupuestaria. Tras el periodo de exposición pública, en el que no se presentó ninguna reclamación, el pleno municipal ha dado luz verde a un movimiento de fondos que deja el balance total de ingresos y gastos exactamente en 198.658.210,10 euros.
Datos clave
- Presupuesto Total
- 198.658.210,10 €
- Plazo Recurso
- 2 meses desde el día siguiente a la publicación
- Impuestos Directos
- 84.426.915,14 €
- Gastos Personal
- 50.733.065,78 €
- Inversiones Reales
- 35.185.566,81 €
Este ajuste, firmado por el alcalde Josep Maria Vallès Navarro el pasado 28 de mayo, se ha financiado mediante bajas por anulación, permitiendo redistribuir los recursos disponibles para el ejercicio vigente. El desglose de ingresos destaca por una partida principal de 84.426.915,14 euros proveniente de impuestos directos, seguida por los 38.379.580,26 euros que corresponden a transferencias corrientes.
En el apartado de gastos, el consistorio destina 61.282.796,87 euros a la compra de bienes corrientes y servicios, mientras que el capítulo de inversiones reales alcanza los 35.185.566,81 euros. Por su parte, los gastos de personal se sitúan en 50.733.065,78 euros, reflejando el peso estructural de la administración local en el cómputo global.
Aunque el expediente ya cuenta con aprobación definitiva, la normativa local establece que cualquier interesado que discrepe con el contenido de esta modificación presupuestaria todavía tiene margen de maniobra. Existe la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de la provincia de Barcelona.
Para quienes deseen explorar esta vía judicial, el reloj corre desde el día siguiente a la publicación oficial en el boletín. El plazo para presentar dicho recurso es de dos meses, cerrando así la ventana de impugnación administrativa para este undécimo expediente del año.
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