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Sant Iscle de Vallalta·Boletín Bien de Barcelona,

Ajustes en el tribunal para la plaza de vigilante en Sant Iscle

El Ayuntamiento de Sant Iscle de Vallalta modifica las bases de su proceso de selección para cubrir una vacante de vigilante municipal por falta de personal funcionario.

El proceso para contratar a un nuevo vigilante municipal en Sant Iscle de Vallalta ha topado con una realidad administrativa que obliga a recalibrar las reglas de juego. La Junta de Gobierno Local ha tenido que modificar las bases de la convocatoria, aprobadas originalmente a finales de 2025, al advertir que la estructura inicial del tribunal de selección era inviable en la práctica.

Datos clave

Plazo recurso
1 mes para recurso de reposición o 2 meses para vía contencioso-administrativa
Plaza
Vigilante municipal, grupo C2, nivel de destino 14

El problema reside en la figura del secretario o secretaria del tribunal. Las bases exigían que esta labor recayera en un funcionario de carrera del consistorio. Sin embargo, más allá de la Secretaría-Intervención, el Ayuntamiento no cuenta actualmente con otro funcionario de carrera para asumir este rol, y la normativa impide que el personal interino forme parte de este tipo de órganos de selección.

Para desbloquear la situación, el equipo de gobierno encabezado por el alcalde Eduard Turon i Mainat ha optado por una solución práctica: el cargo de secretario del tribunal será designado directamente en el momento en que sus miembros se constituyan, permitiendo que la responsabilidad recaiga en uno de los integrantes ya presentes.

Esta modificación, formalizada el pasado 18 de mayo, también aprovecha para actualizar la normativa de referencia. Se sustituye la antigua Ley del Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 por el actual Real Decreto Legislativo 5/2015, garantizando así que el tribunal cumpla con los principios de imparcialidad y profesionalidad exigidos.

La plaza, que pertenece al grupo C2 con un nivel de destino 14, sigue su curso tras esta pequeña corrección en el engranaje. Los aspirantes deben tener en cuenta que, contra este cambio en las bases, todavía cabe interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes desde su notificación, o acudir a la vía contencioso-administrativa en un periodo de dos meses.

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