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Sant Joan de Vilatorrada·Boletín Bien de Barcelona,

La tasa de la Escuela de Música de Sant Joan de Vilatorrada

Si tienes alumnos matriculados en la escuela municipal, toma nota de las fechas para el cargo bancario y los plazos para revisar el padrón fiscal.

Las familias que cuentan con estudiantes en la Escuela de Música de Sant Joan de Vilatorrada ya tienen marcado en el calendario el periodo de pago para el recibo correspondiente al mes de mayo de 2026. La recaudación se efectuará exclusivamente mediante domiciliación bancaria entre el 19 de junio y el 20 de agosto de 2026, fecha en la que las entidades de crédito tramitarán los cargos directamente en las cuentas designadas.

Datos clave

Plazo de cobro
Entre el 19 de junio y el 20 de agosto de 2026
Recurso reposición
1 mes desde la exposición pública
Recargos demora
Entre el 5 y el 20% tras el 20 de agosto de 2026

El ayuntamiento ha hecho público el padrón de este tributo para que los interesados puedan revisarlo. Este trámite, necesario para la notificación colectiva de las liquidaciones, se mantendrá abierto durante veinte días naturales, un periodo que comenzó a contar diez días antes del inicio del cobro voluntario según marca la normativa tributaria.

Si necesitas comprobar algún detalle de la liquidación, puedes acudir al ayuntamiento para consultar el expediente a través del trámite de acceso a la información pública, siempre respetando las limitaciones legales sobre protección de datos. Es el momento de verificar que todo esté en orden antes de que se ejecute el cargo en tu cuenta bancaria.

Una vez superado el plazo voluntario del 20 de agosto, cualquier recibo pendiente entrará en periodo ejecutivo. En ese momento, la deuda se verá incrementada con los recargos de apremio correspondientes, que pueden oscilar entre el 5 y el 20 por ciento, además de los preceptivos intereses de demora.

Contra esta exposición pública y las liquidaciones, los interesados disponen de un mes para interponer un recurso de reposición ante el propio consistorio, un paso previo necesario si se decidiera acudir posteriormente a la vía contencioso-administrativa.

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