Siete pisos de alquiler social en la calle Bellmunt de Sant Pere
El Ayuntamiento ha aprobado el padrón fiscal para el mes de junio, fijando el cargo bancario para los arrendatarios de los siete inmuebles del número 7.
Los vecinos que residen en los siete pisos de alquiler social situados en el número 7 de la calle Bellmunt ya conocen el calendario para el abono de sus cuotas correspondientes a este mes de junio. El Ayuntamiento de Sant Pere de Torelló ha dado luz verde al padrón fiscal que regula estos cobros, cuya cuantía total asciende a 1.401 euros.
Datos clave
- Plazo de pago
- Entre el 1 y el 5 de junio de 2026
- Importe total
- 1.401 €
- Plazo exposición
- 1 mes desde el día siguiente a la publicación
- Dónde consultar
- Sede electrónica del ORGT o en la calle Verdaguer, 18
- Contacto
- 938 584 024
Este proceso administrativo, aprobado por unanimidad en la Junta de Govern Local, establece que el pago se realizará preferentemente mediante domiciliación bancaria, con los recibos cargados en las cuentas facilitadas por cada contribuyente entre los días 1 y 5 de junio de 2026.
Para aquellos inquilinos que deseen consultar los detalles de su recibo o verificar que el cargo se ha efectuado correctamente, existe la posibilidad de acceder a la sede electrónica del Organisme de Gestió Tributària (ORGT) de la Diputación de Barcelona. Allí es posible obtener el justificante de pago y revisar el estado de la liquidación.
La administración también mantiene abierta la atención presencial para cualquier trámite relacionado con este padrón en la oficina situada en la calle Verdaguer, número 18, de Sant Pere de Torelló. Si prefiere evitar el desplazamiento físico, puede contactar con el personal municipal llamando al 938 584 024.
El padrón permanecerá expuesto al público durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el boletín. Durante este periodo, cualquier persona interesada puede examinar el expediente, salvo aquellas informaciones que estén protegidas por el derecho de acceso.
En caso de no estar conforme con la liquidación, se podrá interponer un recurso de reposición ante el propio consistorio en el plazo de un mes tras finalizar la exposición pública. Recuerde que la presentación de dicho recurso no paraliza automáticamente la acción de cobro, a menos que se aporte una garantía suficiente según lo estipulado por la normativa tributaria vigente.
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