Teleasistencia en Sant Sadurní d'Anoia: el padrón de mayo de 2026
El Ajuntament ha hecho pública la liquidación definitiva del servicio de teleasistencia domiciliaria del mes de mayo. Conoce el periodo de exposición y los plazos.
Si eres usuario del servicio de teleasistencia municipal en Sant Sadurní d'Anoia, o te encargas de la gestión de estos pagos, te interesa saber que el consistorio ha aprobado la liquidación definitiva correspondiente al mes de mayo de 2026. Este trámite administrativo formaliza las cuotas devengadas por el servicio durante dicho periodo, alcanzando un importe total de 355,76 euros según consta en el decreto firmado por el alcalde, Pere Vernet Caldú.
Datos clave
- Importe
- 355,76 €
- Plazo exposición
- 1 mes desde el día siguiente a la publicación
- Recurso reposición
- 1 mes desde el fin del periodo de exposición
- Recargos demora
- Entre el 5% y el 20% más intereses
Desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el boletín, se abre un periodo de exposición pública de un mes. Durante este tiempo, cualquier persona interesada puede consultar el padrón correspondiente en las oficinas municipales para revisar los datos, siempre respetando la normativa de protección de datos y el derecho de acceso.
El pago de estos precios públicos se realiza preferentemente mediante domiciliación bancaria, tal y como establece la ordenanza fiscal número 43 que regula este servicio. Es importante tener presente que el vencimiento en periodo voluntario sigue las fechas marcadas por el calendario fiscal, que puedes verificar en la sede electrónica del ayuntamiento.
Ten en cuenta que una vez superado el plazo voluntario, la administración activa la vía ejecutiva. Esto implica que se aplicarían recargos de constrenyiment que oscilan entre el 5 por cien, si se paga antes de la notificación de la providencia, hasta el 20 por cien si se demora más allá de los plazos establecidos, además de los correspondientes intereses de demora.
Si consideras que existe algún error en la liquidación o en los datos del padrón, puedes interponer un recurso de reposición ante el propio órgano que ha dictado el decreto. El plazo para presentar esta reclamación es de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición al público.
Es relevante notar que, por norma general, la interposición de un recurso no detiene la acción administrativa de cobro. El proceso continuará su curso salvo que se aporte una garantía suficiente que cubra la cuantía reclamada, tal como prevé la ley de haciendas locales. En cualquier caso, siempre queda abierta la posibilidad de acudir a la vía contencioso-administrativa si no recibes una resolución expresa en el plazo de un mes.
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