Ayudas de hasta 500 euros en Sant Vicenç dels Horts por ceder tu piso
Si eres propietario de una vivienda vacía en el municipio y la integras en la bolsa de alquiler social, puedes optar a recuperar parte del IBI que abonas.
El Ayuntamiento de Sant Vicenç dels Horts ha abierto una nueva convocatoria de ayudas pensada para quienes tienen un piso vacío y deciden ponerlo a disposición de familias con dificultades económicas. La iniciativa busca compensar la carga fiscal de estos propietarios, cubriendo hasta la mitad del importe total del recibo del IBI, con un límite máximo de 500 euros por beneficiario.
Datos clave
- Plazo
- Hasta el 31 de julio de 2026
- Importe
- Hasta 500 € o el 50% del IBI; mínimo 10 €
- Presupuesto
- 15.000 €
- Requisitos
- Vivienda cedida a la Bolsa de Vivienda municipal con 12 meses de antelación
- Dónde
- Registro electrónico municipal o presencial en el SIAC con cita previa
Para acceder a este respaldo económico, los titulares deben cumplir con un requisito temporal concreto: haber cedido la vivienda al consistorio o formalizado un contrato de alquiler a través de la Bolsa de Vivienda municipal con al menos 12 meses de antelación al cierre del plazo de solicitudes. Además, es indispensable estar al corriente de todas las obligaciones tributarias con las administraciones públicas.
La partida presupuestaria total destinada a este fin es de 15.000 euros. En caso de que el volumen de peticiones supere esta cantidad, el importe de la ayuda se reducirá de forma proporcional entre todos los beneficiarios, aplicando siempre el criterio de que ninguna subvención será inferior a los 10 euros.
La documentación necesaria incluye el modelo de solicitud oficial, que debe ir firmado por el titular del IBI, junto con un certificado bancario actualizado si el recibo no está domiciliado o si el número de cuenta ha variado en el último año. El consistorio verificará directamente los datos fiscales a través de la Agencia Tributaria, salvo que el interesado se oponga expresamente, en cuyo caso deberá aportar él mismo la documentación que acredite su situación.
Las solicitudes pueden presentarse hasta el próximo 31 de julio de 2026. El trámite se puede realizar de forma telemática a través del registro electrónico del Ayuntamiento o de manera presencial en el SIAC, siempre mediante cita previa solicitada por teléfono o en la web municipal.
Una vez finalizado el proceso de presentación, se publicará una propuesta provisional en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, donde también se detallarán los motivos de posibles desestimaciones. Los interesados tendrán diez días hábiles para presentar alegaciones, tras lo cual se elevará la propuesta definitiva a la Junta de Gobierno Local para su resolución durante el último trimestre del año.
Los beneficiarios deben tener en cuenta que estas ayudas están sujetas a las retenciones fiscales que marque la normativa vigente. La resolución que ponga fin al procedimiento agotará la vía administrativa, permitiendo a quienes no estén conformes interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes o, alternativamente, acudir a la vía contencioso-administrativa en los dos meses siguientes a su notificación.
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