Sitges·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Ayudas para familias numerosas y monoparentales en Sitges

Plazo de solicitudCerrado el 17 de julio de 2026
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El Ayuntamiento abre el plazo para solicitar las prestaciones de 2026, con una cuantía máxima que depende de tu baremo social y económico.

Si tu unidad familiar está empadronada en Sitges y cuentas con el carnet vigente de familia monoparental o numerosa, ya puedes preparar la documentación para optar a las ayudas municipales de este año. El consistorio ha habilitado una partida inicial de 42.000 euros, aunque el departamento de Derechos Sociales se reserva la posibilidad de ampliarla hasta los 58.000 euros si el volumen de solicitudes lo requiere.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 17 de julio de 2026
Importe máximo
300 € anuales
Partida presupuestaria
42.000 €, ampliable hasta 58.000 €
Qué hacer
Presentar solicitud en la OAC con cita previa o vía web municipal
Requisitos
Estar empadronado en Sitges y tener carnet de familia numerosa o monoparental

El importe final que recibas puede alcanzar los 300 euros anuales, pero la cuantía exacta se calculará mediante un sistema de puntos. Según el baremo, una puntuación de 11 o 12 puntos te otorga el 100 por ciento de la ayuda, mientras que si te quedas entre 3 y 4 puntos, percibirás la mitad. Quienes obtengan 2 puntos o menos no alcanzarán los requisitos para la prestación.

La baremación tiene en cuenta aspectos económicos y sociales. Por ejemplo, se valora con 4 puntos si tus gastos de vivienda superan tus ingresos, y con 3 puntos si tu renta per cápita está al nivel del indicador público de renta de efectos múltiples (IRSC). También suman puntos extra circunstancias como estar en riesgo social, la discapacidad o la situación de familia con un único progenitor.

Para participar, recuerda que el plazo oficial para presentar las solicitudes comienza el próximo 22 de junio y se extenderá hasta el 17 de julio de 2026, inclusive. Podrás realizar el trámite de forma presencial en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) solicitando cita previa, o bien de manera telemática a través de la web municipal en cuanto se habilite el formulario específico.

Es fundamental que adjuntes el último recibo de tu hipoteca o alquiler junto a la solicitud. Si olvidas este paso, el sistema no computará la deducción correspondiente a tus gastos de vivienda, lo que afectará directamente a tu puntuación final y, por ende, a la cuantía de la ayuda.

Ten a mano tu DNI, NIF o NIE, así como el título oficial de familia monoparental o numerosa. Si prefieres no autorizar al ayuntamiento para que consulte tus datos de renta de forma electrónica, deberás presentar obligatoriamente la declaración de la renta del ejercicio anterior o, en su defecto, un certificado de ingresos emitido por organismos como la Seguridad Social o el Servicio de Empleo de Cataluña.

Si tu solicitud está incompleta o falta algún documento, los servicios sociales te enviarán un requerimiento de enmienda. Tendrás entonces un plazo máximo de diez días para subsanar los errores, ya que de lo contrario, tu petición se dará por desistida. La resolución definitiva se notificará en un máximo de tres meses desde que registres tu solicitud.

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