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Sitges·Boletín Bien de Barcelona,

Nuevas fechas de pago para las actividades deportivas de Sitges

El Ayuntamiento abre un periodo extraordinario para saldar los recibos escolares del primer y segundo trimestre tras no haberse emitido en su momento.

Si tus hijos o tú mismo participáis en las actividades deportivas municipales de Sitges, habréis notado que este curso el calendario de pagos ha ido algo lento. El Ayuntamiento ha reconocido oficialmente que los recibos correspondientes al primer y segundo trimestre de la temporada 2025-2026 no llegaron a emitirse, por lo que la alcaldía ha dictado un decreto para poner el contador a cero y establecer nuevas fechas de cobro.

Datos clave

Plazo 1er Trimestre
Del 3 de agosto al 2 de octubre
Plazo 2o Trimestre
Del 5 de octubre al 2 de diciembre
Cargo 1er Trimestre
21 de septiembre
Cargo 2o Trimestre
20 de noviembre
Recurso Reposición
1 mes desde la publicación

El periodo voluntario para abonar el primer trimestre se abrirá el próximo 3 de agosto y se extenderá hasta el 2 de octubre. Para aquellos que prefieran el segundo trimestre, la ventana se abrirá el 5 de octubre y finalizará el 2 de diciembre. Son plazos inusuales, marcados por el retraso administrativo en la generación de las tasas.

Si tienes los recibos domiciliados, el Ayuntamiento cargará los importes en tu cuenta bancaria de forma automática. El cargo del primer trimestre está programado para el 21 de septiembre, mientras que el recibo del segundo trimestre pasará por el banco el 20 de noviembre.

El decreto firmado por la alcaldesa, Aurora Carbonell i Abella, busca regularizar esta situación para que la recaudación de los precios públicos se ajuste a lo marcado por la normativa de haciendas locales tras la omisión de los plazos iniciales, que ya se consideraban agotados desde finales del año pasado.

Aunque la resolución ya es definitiva en vía administrativa, si detectas algún error en la liquidación o no estás conforme con esta medida, dispones de un mes a partir de ahora para presentar un recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento. Si no hay respuesta tras ese primer mes, se entiende que el recurso ha sido desestimado y quedaría abierta la vía contencioso-administrativa.

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