Vic actualiza sus reglas para contratar con proveedores menores
El Ajuntament de Vic ajusta su manual de contratos menores tras estrenar un nuevo gestor de expedientes. Te contamos qué cambia para las empresas y cómo se controlan ahora los pagos.
El Ajuntament de Vic estrena reglas para sus contratos menores. La implantación de un nuevo gestor de expedientes el pasado mayo obligaba a actualizar el manual de uso, y el consistorio ha aprovechado para pulir el engranaje burocrático de las adjudicaciones pequeñas. Las nuevas instrucciones ya están en vigor.
Datos clave
- Umbral menor
- Hasta 5.000 €
- Control
- Sin fiscalización previa
- Publicidad
- Trimestral para contratos > 5.000 €
El cambio principal busca integrar el software con los trámites diarios. Se regulan ahora cuestiones como el registro de salida para solicitar ofertas, el uso de formularios específicos en la sede electrónica y la sustitución de la tradicional reserva previa de fondos por una retención de crédito. La agilidad es el objetivo oficial declarado.
El procedimiento se divide por umbrales económicos. Los contratos de hasta 5.000 euros se tramitan conforme a las bases de ejecución del presupuesto, sin requerir una resolución formal de adjudicación ni informe de necesidad. La simplicidad impera en este tramo.
Para los expedientes superiores a 5.000 euros, la exigencia aumenta. Cada contratación debe nacer de una provisión de inicio y un informe de necesidad, que debe superar el filtro de la Oficina de Contractació antes de ser firmado. Este documento debe acreditar la carencia de medios propios, describir el objeto con detalle y confirmar que no se está troceando un contrato mayor para esquivar las reglas de publicidad.
La transparencia es otra pata del ajuste. Los contratos que superen los 5.000 euros se publicarán de forma trimestral en el portal de transparencia y el perfil del contratante. La lista resultante deberá ordenarse por la identidad del adjudicatario, facilitando así el seguimiento de a quién contrata el ayuntamiento.
No todo es control previo. El texto confirma que estos contratos no se someten a fiscalización previa por parte de la Intervención, trasladando este control a una muestra representativa durante la fase financiera. Es un ahorro de tiempo en el trámite diario.
Los expedientes que ya estaban en marcha antes de esta publicación seguirán las normas anteriores, salvo que la unidad gestora ya hubiera emitido su informe de necesidad. Todo lo nuevo, a partir de ahora, sigue esta nueva senda.
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