Vilafranca del Penedès·Boletín Bien de la Provincia de Barcelona,

Vilafranca estrena ordenanza para detectar y corregir viviendas vacías

El Ayuntamiento de Vilafranca aprueba la ordenanza definitiva para controlar pisos vacíos e incumplimientos de la función social de la propiedad. Conoce el procedimiento para la inspección y los plazos de alegaciones.

Vilafranca del Penedès ha decidido pasar a la acción contra los pisos vacíos y las situaciones de ocupación irregular o infrahabitatge. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva una ordenanza municipal que establece un marco procedimental claro para detectar y corregir usos anómalos de las viviendas, basándose en la Ley del Derecho a la Vivienda de Cataluña.

Datos clave

Entrada en vigor
24 de julio de 2026
Plazo alegaciones
15 días hábiles
Recurso judicial
2 meses
Ámbito
Término municipal de Vilafranca

El objetivo es ir más allá de las medidas fiscales previas, como el recargo del IBI que ya se aplicaba a pisos desocupados más de dos años. Ahora, el consistorio cuenta con una herramienta jurídica propia para inspeccionar, verificar y, si es necesario, sancionar, aunque dando prioridad siempre a la mediación y al fomento de la rehabilitación antes que a la vía coercitiva.

¿Cómo funcionará el proceso? El Ayuntamiento iniciará diligencias previas si existen indicios de uso anómalo, como denuncias vecinales, datos de consumo de suministros o informes de los servicios sociales. Una comisión técnica evaluará cada caso antes de proponer cualquier medida, garantizando que el procedimiento sea objetivo y transparente.

Si se confirma una situación irregular, se abrirá un expediente que dará a la propiedad un plazo de 15 días hábils para presentar alegaciones o proponer medidas de corrección. Si la propiedad se compromete a rehabilitar o movilizar la vivienda, el procedimiento se suspenderá cautelarmente para dar tiempo a realizar las obras necesarias.

La normativa también regula el incumplimiento del deber de conservación. Si un edificio presenta deficiencias graves en seguridad o salubridad, el Ayuntamiento podrá emitir órdenes de ejecución con plazos proporcionales a las reformas requeridas, reservándose la capacidad de aplicar multas o ejecución subsidiaria si no se cumple.

El texto íntegro de la nueva norma ya es público y entra en vigor al día siguiente de su publicación en el boletín. Las personas interesadas en recurrir este acuerdo administrativo disponen de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya.

La norma busca garantizar el derecho a una vivienda digna en un municipio identificado como zona de demanda residencial fuerte. La burocracia se pone al servicio de la vivienda.

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