Aprobadas las bases de las becas de comedor en el Vallès Occidental
El Consell Comarcal da luz verde a las condiciones para las ayudas escolares del próximo curso tras desestimar una alegación sobre centros de educación especial.
Las familias que esperan las ayudas para el comedor escolar del curso 2026-2027 ya conocen las reglas del juego. El Consell Comarcal del Vallès Occidental ha aprobado definitivamente las bases reguladoras, zanjando así el periodo de alegaciones que se abrió el pasado mes de abril.
Datos clave
- Plazo Recurso
- 1 mes para recurso de reposición o 2 meses para vía contencioso-administrativa
- Umbral Renta
- 2,5 veces superior para alumnos de educación especial con discapacidad igual o mayor al 33
La decisión llega tras examinar una propuesta de discrepancia presentada el 10 de mayo por Marta Garcia Lupiánez. La interesada planteaba cuestiones sobre el servicio en el Centro de Educación Especial Francesc Bellapart de Sabadell, pero los servicios técnicos han optado por desestimar su petición y seguir adelante con el marco normativo previsto.
El informe técnico aclara que el Consell Comarcal se ciñe a las directrices delegadas por la Generalitat de Catalunya. Al no tener margen de competencia para aplicar un tratamiento diferenciado específico, la administración ha mantenido el criterio que establece, para quienes asisten a centros de educación especial, un umbral de renta 2,5 veces superior al de los alumnos de centros ordinarios, siempre que acrediten una discapacidad igual o mayor al 33 por ciento.
El curso anterior, esta misma línea de ayudas permitió cubrir el 100 por cien del coste del servicio a 93 de los 98 solicitantes del Centro Francesc Bellapart. La normativa actual sigue permitiendo a los alumnos que no tengan derecho a la gratuidad automática solicitar este apoyo individual, siempre que cumplan con los requisitos socioeconómicos y geográficos establecidos.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes. Quienes prefieran optar por la vía contencioso-administrativa ante los juzgados de Barcelona disponen de un margen de dos meses a contar desde la publicación oficial de este edicto en el boletín.
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