Nuevo convenio en Càritas Diocesana de Sant Feliu: sueldos y ayudas
La plantilla de Càritas en la diócesis de Sant Feliu de Llobregat estrena marco laboral hasta 2028, con la indemnización por gran invalidez fijada en 36.060,73 euros.
Los trabajadores de Càritas Diocesana de Sant Feliu de Llobregat cuentan desde esta semana con un nuevo convenio colectivo que regula sus condiciones hasta el 31 de diciembre de 2028. El acuerdo, publicado oficialmente tras su firma a finales del pasado año, establece una estructura salarial dividida en cuatro grupos profesionales y una hoja de ruta para las actualizaciones retributivas anuales.
Datos clave
- En vigor
- Hasta el 31 de diciembre de 2028
- Salario base 2025
- Entre 18.931,15 € y 40.129,56 € anuales
- Indemnización
- 36.060,73 € por gran invalidez, fallecimiento o invalidez permanente absoluta
- Ayudas discapacidad
- 253,82 € mensuales o 380,75 € para educación especial
- Jornada laboral
- 35 horas semanales
El salario base anual para 2025 parte de los 40.129,56 euros para el grupo A1 de mando, descendiendo hasta los 18.931,15 euros correspondientes al grupo D de personal de apoyo. A partir de 2026, el texto prevé incrementos anuales del 2,85 por ciento, con una cláusula de corrección ligada al IPC que permitiría ajustes adicionales si la inflación supera dicho porcentaje, siempre con un tope máximo de mejora del 3 por ciento.
El convenio pone especial énfasis en la protección social. En caso de fallecimiento por accidente laboral o enfermedad profesional, o ante situaciones de invalidez permanente absoluta o gran invalidez, la institución garantiza una indemnización de 36.060,73 euros. Además, los empleados que tengan hijos con discapacidad reconocida por el ICASS, siempre que no reciban ayudas públicas, podrán percibir una subvención mensual de 253,82 euros, cifra que asciende a 380,75 euros brutos si se requiere asistencia en centros de educación especial.
La conciliación y la formación también ocupan un lugar central en la negociación. El personal dispone de 30 horas anuales de libre disposición para formación vinculada al puesto y la posibilidad de solicitar becas de hasta 1.187 euros anuales para estudios de nivel superior. En cuanto a la jornada, se fija en 35 horas semanales, manteniendo el derecho a una jornada intensiva opcional durante los periodos de vacaciones escolares de verano, Navidad y Semana Santa.
El texto incluye mecanismos para la movilidad funcional y la cobertura inmediata de vacantes por maternidad, paternidad o incapacidad temporal. Ante cualquier discrepancia en la interpretación de estas normas, se activa una comisión paritaria con domicilio en la sede de la institución, que deberá resolver las consultas en un plazo máximo de siete días.
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