Font-rubí delega la gestión de sus impuestos a la Diputación
El Ayuntamiento de Font-rubí transfiere al Organisme de Gestió Tributària de la Diputació de Barcelona la recaudación de tasas, impuestos y multas coercitivas.
Si vives en Font-rubí, es probable que a partir de ahora trates menos con las oficinas municipales y más con la Diputació de Barcelona para tus gestiones tributarias. El Ayuntamiento ha delegado formalmente en el Organisme de Gestió Tributària (ORGT) una lista extensa de funciones de gestión, inspección y cobro de impuestos y tasas locales.
Datos clave
- Entidad delegada
- Organisme de Gestió Tributària (ORGT)
- Vigencia
- 2 años (prorrogables anualmente)
- Recurso reposición
- 1 mes desde la publicación
- Recurso judicial
- 2 meses desde la publicación
El acuerdo, ratificado por el Pleno de la Diputación el pasado 22 de septiembre, busca centralizar la recaudación ejecutiva y simplificar trámites. La medida afecta a tributos habituales como el IBI, el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
También se incluyen en esta delegación tasas específicas, como la ocupación de vía pública con materiales de construcción o mesas y sillas, el uso de las instalaciones de cementerios locales, el servicio de alcantarillado y el suministro de agua. El ORGT asumirá el control de los expedientes en periodo ejecutivo, las notificaciones de apremio y la resolución de recursos.
El documento excluye expresamente dos áreas que se revocan: la declaración de créditos incobrables y la recaudación de la tasa de la guardería forestal. En estos casos, el Ayuntamiento mantiene su competencia original y no traslada la gestión al ente provincial.
Para garantizar la seguridad de los contribuyentes, el acuerdo incluye un anexo detallado sobre el tratamiento de datos personales. El Ayuntamiento mantiene la titularidad de los ficheros y los principios de confidencialidad siguen siendo obligatorios para el personal que acceda a la información.
La delegación tiene una vigencia inicial de dos años prorrogables automáticamente. Si la situación financiera o técnica lo requiere, el Ayuntamiento puede recuperar competencias o solicitar bestretes para adelantar recaudación.
Si necesitas impugnar alguna resolución, tienes un mes para interponer un recurso de reposición. También existe la vía judicial contencioso-administrativa, abierta durante dos meses desde la publicación de este anuncio. El Ayuntamiento sigue siendo tu primer punto de consulta.
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