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Ayuntamiento de Sant Llorenç d'Hortons·Boletín Bien de Barcelona,

Sant Llorenç d'Hortons fija la nueva tarifa de su depuradora

Las empresas situadas en los polígonos del municipio ya conocen el nuevo coste por metro cúbico tras la aprobación definitiva de la ordenanza.

Las industrias asentadas en los sectores de Can Pujades I, Can Pujades II, Can Serra III y Torrentfondo, en Sant Llorenç d'Hortons, cuentan desde esta semana con una nueva tarifa para la gestión de sus aguas residuales. El pleno municipal ha ratificado la revisión de precios del contrato de explotación de su depuradora, estableciendo un coste de 1,28 euros por cada metro cúbico vertido, al que habrá que sumar el IVA correspondiente y el ajuste anual por el IPC.

Datos clave

Nueva tarifa
1,28 € por metro cúbico vertido, más IVA y ajuste anual por IPC.
Plazo recurso
2 meses para interponer recurso contencioso-administrativo.
Qué hacer
Comunicar consumos de pozos o fuentes propias al ayuntamiento.
A quién afecta
Empresas en polígonos Can Pujades I, Can Pujades II, Can Serra III y Torrentfondo.

Este cambio, que afecta a las actividades conectadas a la red de alcantarillado industrial, ha superado su periodo de exposición pública sin recibir alegaciones, lo que ha permitido su entrada en vigor inmediata tras la publicación en el boletín. La ordenanza detalla que, como norma general, el cálculo se basa en el consumo de agua potable, aunque las empresas que dispongan de contadores específicos de caudal abocado verán su factura calculada sobre el volumen real que llega a la depuradora.

La administración local introduce además una mayor vigilancia sobre los consumos privados. Aquellas industrias que se abastezcan de pozos o fuentes propias tienen ahora la obligación de comunicar sus consumos al ayuntamiento para que estos sean sumados al volumen total, evitando así desajustes en el cobro del servicio. En casos justificados, el ayuntamiento podrá incluso obligar a la instalación de un contador de salida a la red de alcantarillado, un gasto que deberá asumir íntegramente el propietario de la actividad.

La normativa es taxativa respecto a posibles rebajas en el recibo: no se concederá ninguna exención ni bonificación sobre esta tarifa. El propietario del edificio industrial queda como responsable subsidiario del pago si la actividad que se desarrolla en su interior incurre en impago, un punto que busca blindar la recaudación del servicio municipal.

El sistema de control y el régimen de sanciones se ajustarán a lo que marque la ordenanza fiscal general, dejando atrás cualquier duda sobre la gestión tributaria de los vertidos. Los interesados disponen ahora de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya si consideran que la nueva tasa no se ajusta a derecho.

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